Texto del fallo
Texto de la resolucion
FUNDAMENTACIÓN DEL VOTO ACLARATORIO Sucre, 29 de septiembre de 2021
SALA PLENA Magistrado: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Control previo de constitucionalidad de proyectos de estatutos autonómicos o cartas orgánicas de entidades territoriales autónomas
; Correlativa a la
Expediente: 07242-2014-15-CEA Departamento: Cochabamba
Consultante: Matías Rodríguez Vargas, Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Pojo, provincia Carrasco del departamento de Cochabamba.
I. ANTECEDENTES
El suscrito Magistrado, en la , hizo constar ser de Voto Aclaratorio con relación a la declaratoria de compatibilidad de los arts. 29 (Cesación y Pérdida de Mandato) en los parágrafos I y II; 44 inc. d) (Requisitos para ser candidato a Concejal y Concejala); y, 47 inc. d) (Requisitos para ser candidato a Alcalde o Alcaldesa); así como, en la declaratoria de incompatibilidad de los preceptos 44 inc. j) (Requisitos para ser candidato a Concejal y Concejala); 47 inc. i) (Requisitos para ser candidato a Alcalde o Alcaldesa); y, 49.III (Revocatoria de mandato) del proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) de Pojo, provincia Carrasco del departamento de Cochabamba en el entendido que, el control de constitucionalidad aplicado a los citados preceptos, debió contemplar entre sus fundamentos el cambio de línea efectuado en la , en lo referido a materia de régimen electoral; ello de conformidad a los fundamentos jurídico-constitucionales que se desarrollan a continuación.
II. FUNDAMENTOS DE LA DCP 0032/2021 de 29 de septiembre
El proyecto modificado de la norma institucional básica del Gobierno Autónomo Municipal de Pojo, provincia Carrasco del departamento de Cochabamba, fue sometido a control previo de constitucionalidad a través de la -objeto de la presente aclaración de Voto-, con el fin de verificar si el estatuyente cumplió con el mandato establecido por este Tribunal en la declaración precedente, .
II.1. Respecto al art. 29
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