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0035/2021-DCP

Tribunal Constitucional Plurinacional
24 de noviembre de 2021SALA CUARTA ESPECIALIZADA
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Declaración 0035/2021-DCP

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DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2021 Sucre, 24 de noviembre de 2021

SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Consulta de autoridades indígenas originaria campesinas sobre aplicación de sus normas a un caso concreto

Expediente: 42163-2021-85-CAI Departamento: Oruro

En la consulta de autoridades indígenas originario campesina sobre aplicación de sus normas a un caso concreto interpuesta por Félix Aquino Mamani, Secretario General; Teresa Pinaya Condori, Secretaria de Hacienda; Cresencia Pinaya Mendoza, Secretaria de Relaciones; Bertha Gutiérrez Pinaya y Fabio Flores Flores, Secretaria y Secretario de deportes -respectivamente-; Verónica Calizaya Pinaya de Peña, Mama Th'alla y Caytano Peña Pinaya, Autoridad Originaria, todos de la Comunidad Agropecuaria Ataraque, provincia Cercado, municipio de Caracollo, del departamento de Oruro; remitiendo la Resolución 1/2020 de 6 de noviembre, dictada por el Pleno de la referida Comunidad.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la consulta

Por escrito presentado el 13 de octubre de 2021, cursante de fs. 91 a 94, las autoridades de la comunidad Agropecuaria Ataraque ahora consultantes, señalaron que los miembros del colectivo que representan poseen y cumplen una función social en los predios que les fueron otorgados a sus abuelos desde hace mucho tiempo, dedicándose a la actividad agropecuaria que les provee de lo necesario para sobrevivir.

Sin embargo, indican que el sector denominado Wilaqallpa Quimsa Cruz, Jhonny Pinaya Gutiérrez, se dio modos para que el Estado le otorgue un contrato administrativo para realizar actividades mineras en un radio de veintiséis cuadrículas, en el área Rikchariy, que provoca un alto impacto al medio ambiente, que afecta a la salud de los comunarios de Ataraque y de todo ser vivo del sector, considerando que se trata de extracción de oro a cielo abierto.

Contra esa persona y su hermano, Cristóbal Pinaya Gutiérrez, se presentaron acusaciones por desobediencia a la comunidad, pues en la gestión 2011 avasallaron tierras colectivas; el 2013, afiliaron al Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (CONAMAQ) una comunidad que no existe, sólo para lograr una concesión minera; la misma gestión, explotaron oro ilegalmente en el sector Inca Puju; el 2018, cuando el antes nombrado fungía como Secretario de Deportes, consensuó la creación de una nueva comunidad sin aprobación alguna; el 2019, se autonombraron autoridades y usaron sellos sin permiso; el mismo año señalado, Jhonny Pinaya Gutiérrez no cumplió el ejercicio del cargo en el Consejo Educativo de la comunidad; y, en febrero de 2020, invadieron el sector "Wila Qallpa" y realizaron destrozos por la actividad minera de la empresa Rikchariy, afectando ríos, ejecutando desmontes y "echado de las lamas" (sic) sin ningún cuidado. "En el 2020, también se querellaron penalmente contra autoridades y comunarios, por reclamar por la afectación que estaban sufriendo" (sic).

Por todo lo acaecido y con el propósito de solucionar el conflicto, se notificó en varias oportunidades a Jhonny y Cristóbal Pinaya Gutiérrez, para que se presenten a reunión; sin embargo, no asistieron y al contrario, agredieron física, verbal y psicológicamente a los originarios.

Circunstancias que hacen evidente, de un lado, que se dan los presupuestos de vigencia para el ejercicio de la jurisdicción indígena originario campesina, pues ambos son comunarios de Ataraque, habiéndose suscitado un conflicto entre éstos y la referida comunidad, por lo que concurre el ámbito de vigencia personal; así como también el material y territorial, pues en el sector en conflicto, todo es de uso colectivo y es de materia de los originarios, ubicándose la concesión minera al interior de la comunidad de Ataraque.

En ese orden, en virtud de los arts. 6, 10 y 11 del Reglamento Interno de la comunidad, se emitió la Resolución 1/2020, ya que se vulneraron los derechos a la salud con afectación a todo ser vivo y a la madre tierra, poniéndose en riesgo el bienestar de la Comunidad Agropecuaria Ataraque.

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