Texto del fallo
Texto de la resolucion
FUNDAMENTACIÓN DEL VOTO DISIDENTE Sucre, 7 de julio de 2021
SALA PLENA Magistrado: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Conflicto de competencias jurisdiccionales
Expediente: 26460-2018-53-CCJ Departamento: Oruro
Suscitado entre: Dionicio Laime Ichota, Tata Awatiri y Celia Yavi Huanca de Laime, Mama Awatiri, ambos autoridades Indígenas Originaria Campesina (IOC) de la Comunidad Originaria "Villa Nueva", Ayllu Quita Quita del municipio de Corque, provincia Carangas y el Juez Agroambiental de Huachacalla, en suplencia legal de su similar de Corque, todos del departamento de Oruro.
I. OBJETO DE LA DISIDENCIA
El suscrito Magistrado, manifiesta su disconformidad con la determinación asumida por la Sala Plena de este Tribunal, en la , de declarar "...COMPETENTE a la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina de la comunidad originaria 'Villa Nueva', ayllu Quita Quita del municipio de Corque, de la provincia Carangas del departamento de Oruro..." para continuar con el conocimiento de la controversia que derivó en la demanda en la jurisdicción agroambiental de interdicto de retener la posesión, al considerar que no se acreditó de manera suficiente el cumplimiento simultáneo de los ámbitos de vigencia que exige la Constitución Política del Estado y la Ley de Deslinde Jurisdiccional para el ejercicio de la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina (JIOC), en particular, los ámbitos de vigencia personal y territorial; ello de conformidad a los fundamentos que se exponen a continuación.
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