Texto del fallo
Texto de la resolucion
VOTO ACLARATORIO A LA Sucre, 1 de agosto de 2022
SALA PLENA Magistrado: MSc. Paul Enrique Franco Zamora Conflicto de competencias jurisdiccionales
Expediente: 31535-2019-64-CCJ Departamento: Potosi
En el conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado entre Efraín Mendoza, Luciano Cabrera López, Esteban Condori Cabrera Simon Cruz Lopez y Juaquin Chirinos Aramayo, Autoridades Indigena Originaria Campesinas (IOC) de los Ayllus Qullana, Chiquchi, Wisijsa y Qhrqa del Jatun Ayllu Yura de la parcialidad Urinsaya Wisijsa de la nación Qhara Qhara y el Juez Publico Civil y Comercial Primero, todos del departamento de Potosí.
I. ANTECEDENTES
La , resolvió declarar la improcedencia del conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado en el caso concreto; argumentando que, el proceso penal en controversia por el delito de allanamiento de domicilio, concluyó con la emisión del Auto de Vista 05/2021 de 31 de marzo, el cual declaró procedente la excepción de extinción de la acción penal por prescripción impetrada por el imputado, ordenando el archivo de obrados; no existiendo en consecuencia, causa penal abierta respecto de la cual este Tribunal pueda dilucidar el conflicto competencial planteado, tomando en cuenta que el art. 27.8 del CPP, señala que: " La acción penal, se extingue por prescripción "; por consiguiente, con la conclusión extraordinaria del proceso en virtud del aludido fallo jurisdiccional, no existe posibilidad de ingresar al análisis de fondo.
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL VOTO ACLARATORIO
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