Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0046/2022-CA Sucre, 21 de febrero de 2022
Expediente: 44960-2022-90-CCJ Conflicto de competencias jurisdiccionales Departamento: Tarija
El conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado entre Modesto Romero, Ronald Ortiz Cuevas, Fanny Mendoza Rivera, Efraín Moscoso Zenteno, Jesús Víctor López, todos Jueces Naturales del Tribunal de Justicia Indígena Originaria Campesina de la Nación Guaraní; y, Eduardo García Mejía, Coordinador Departamental de Jueces Naturales de la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina (JIOC), con Casa de Justicia en la comunidad San Antonio de Padua del municipio de Villamontes, Tercera Sección de la provincia Autónoma de Gran Chaco del departamento de Tarija; y, el Juez de Sentencia Penal Primero de Villamontes, todos del departamento de Tarija.
I. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIÓN
I.1. Atribución de la Comisión de Admisión
El art. 1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece que dicha norma, tiene por objeto: "...regular los procesos constitucionales ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, así como las acciones de defensa ante Juezas, Jueces y Tribunales competentes".
Por su parte, el art. 26.II de dicho Código, confiere a la Comisión de Admisión la atribución de observar los defectos formales subsanables a efecto que los consultantes los salven oportunamente.
En tal sentido, todo proceso o demanda que ingrese al Tribunal Constitucional Plurinacional, debe contar con todos los documentos y pruebas pertinentes, para demostrar y justificar la problemática que se plantea y pretende sea resuelta.
I.2. Ausencia de requisitos formales de admisión
Conforme a los antecedentes que cursan en el expediente, se tiene que por memorial presentado el 9 de febrero de 2022, cursante de fs. 11 a 19 vta., Modesto Romero, Ronald Ortiz Cuevas, Fanny Mendoza Rivera, Efraín Moscoso Zenteno, Jesús Víctor López, todos Jueces Naturales del Tribunal de Justicia Indígena Originaria Campesina de la Nación Guaraní; y, Eduardo García Mejía, Coordinador Departamental de Jueces Naturales de la JIOC, con Casa de Justicia en la comunidad San Antonio de Padua del municipio de Villamontes, Tercera Sección de la provincia Autónoma de Gran Chaco del departamento de Tarija, presentaron a este Tribunal conflicto de competencias jurisdiccionales solicitando sean declarados competentes y se ordene al Juez de Sentencia Penal Primero de Villamontes del mismo departamento, apartarse del conocimiento del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Etelvina Roblez Roca contra Claudia Virginia Torrez Galean, por la presunta comisión de delito de calumnia, con la suspensión del proceso penal y se remita el expediente a sus autoridades.
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