Texto del fallo
Texto de la resolucion
VOTO DISIDENTE DE LA Sucre, 1 de septiembre de 2021
SALA PLENA Magistrada Relatora: Msc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de Inconstitucionalidad Concreta
Expediente: 35845-2020-72-AIA Departamento: La Paz Partes: Acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por Tito Veizaga Cossio, entonces Diputado titular de la Asamblea Legislativa Plurinacional, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 182 y 194 de la Ley de Pensiones (LP) -Ley 065 de 10 de diciembre de 2010- por ser presuntamente contrarios al art. 45 de la Constitución Política del Estado (CPE).
I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
La suscrita Magistrada presenta su Voto Disidente a la , pronunciada por la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, pues, considera que se debió ingresar al análisis de fondo de la misma, conforme a los siguientes fundamentos:
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
Consiguientemente, corresponde sustentar los motivos por los cuales, la suscrita Magistrada considera que la , debió ingresar a realizar el test de constitucionalidad de las referidas normas cuestionadas por el accionante.
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