Texto del fallo
Texto de la resolucion
FUNDAMENTACIÓN DE VOTO ACLARATORIO Sucre, 22 de marzo de 2023
SALA TERCERA Magistrada: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
Sentencia Constitucional Plurinacional: Acción de libertad
Expediente: 44104-2021-89-AL Partes: Genoveva Gutiérrez Vásquez contra Iveth Quispe Patiño, Jueza Pública de Familia Decimocuarta; y, María Eugenia Saavedra Salazar, Jueza Pública de Familia Décima, ambas de la Capital del departamento de Cochabamba.
Departamento: Cochabamba
La suscrita Magistrada expresa su conformidad con el fallo constitucional de referencia, manifestando su Voto Aclaratorio respecto a cuestiones procesales formales y de argumentación fáctico jurídica, conforme se pasa a explicar:
I. ARGUMENTOS DEL VOTO ACLARATORIO
Fundamentos de la ratio decidendi: La , concede la tutela solicitada por lesión a los derechos a la libertad, al debido proceso, a la defensa y a la dignidad, disponiendo que la Jueza Pública de Familia Décima de la Capital del departamento de Cochabamba, evalúe los elementos fácticos que hacen al caso concreto y garantice los derechos al debido proceso y a la defensa a través del conocimiento efectivo de la demanda de asistencia familiar planteada contra la accionante.
Al respecto, la suscrita Magistrada coincide con dicha concesión de tutela y parte dispositiva, ante la evidenciada indefensión absoluta a la que se sometió a la accionante en relación al conocimiento de la obligación por asistencia familiar que le fue impuesta; empero considera que en la argumentación fáctica era necesario y pertinente precisarse que:
- a)La aplicación del entendimiento jurisprudencial sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad en procesos por asistencia familiar, en los que la parte no hubiese acudido ante la autoridad judicial reclamando los elementos que convergen en el objeto procesal de la acción, no era aplicable al caso concreto, ante el absoluto estado de indefensión advertido respecto a la hoy accionante.
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