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TCP

0058/2021

Tribunal Constitucional Plurinacional
27 de octubre de 2021SALA PLENA
Resumen del caso

Sentencia 0058/2021

Proceso
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Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2021 Sucre, 27 de octubre de 2021

SALA PLENA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Conflicto de competencias jurisdiccionales

Expediente: 35478-2020-71-CCJ Departamento: Santa Cruz

En el conflicto de competencias jurisdiccionales, suscitado entre Santa Cruz Yale Medina, Juez Agroambiental de Montero y René Blanco León, Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Mineros ambos del departamento de Santa Cruz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURIDICA

I.1. Hechos que originan el conflicto de competencia jurisdiccional

Por escrito presentado el 16 de septiembre de 2019, cursante de fs. 48 a 49 vta., German Montaño Guzmán y otro, en representación de la Asociación Agropecuaria Cuatro Ojitos, presentaron la demanda ejecutiva contra Jaime Darío Moreno, quien aceptó la letra de cambio 025877 "serie A-2009" por la suma de Bs4 074 821,40.- (Cuatro millones setenta y cuatro mil ochocientos veintiún 40/100 bolivianos), consignándose como fecha de pago el 3 de septiembre de 2019. Sin embargo, el demandado incumplió su obligación de forma injustificada; y, en virtud a que el documento con base en la demanda tenía calidad de título ejecutivo, requirió se proceda al embargo de bienes y se proceda con la ejecución hasta la cancelación total de la suma adeudada, más intereses, costas y costos.

I.2. Antecedentes de declinatoria de competencia por parte del Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Mineros del departamento de Santa Cruz

René Blanco León, Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Mineros del departamento de Santa Cruz, mediante Auto Definitivo 01/2019 de 17 de septiembre de 2019, cursante a fs. 50, declinó su competencia para conocer los antecedentes de la causa, en razón de materia. Considerando que la garantía de la obligación cuya ejecución se pretendía, era un bien inmueble agrario denominado "CACHUELA ESPERANZA"; consiguientemente, declinó competencia a favor del Juez Agroambiental de Montero del mismo departamento, ordenando la remisión de antecedentes respectivos.

I.3. Alegaciones del Juez Agroambiental de Montero del departamento de Santa Cruz

Santa Cruz Yale Medina, Juez Agroambiental de Montero del departamento de Santa Cruz, mediante Auto 60/2019 de 25 de septiembre, cursante de fs. 53 a 54 vta., suscitó el conflicto de competencia jurisdiccional, entre su autoridad y el Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Mineros del mismo departamento; por lo que, ordenó enviar obrados ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, para que dirima y resuelva el conflicto, bajo los siguientes fundamentos: El origen de la ejecución proviene del incumplimiento de pago de un documento mercantil, una letra de cambio que devenía de una transacción meramente comercial que no derivaba del derecho de propiedad, posesión o actividad agraria. Asimismo, se trataba de una obligación civil o acrecencia quirografaria, que no estaba vinculada directamente a la garantía hipotecaria del predio rústico "CACHUELA ESPERANZA".

Agregó que, no obstante a que los Jueces Agroambientales, cuentan con competencia para conocer otras acciones reales, personales y mixtas derivadas de la propiedad, posesión y actividad agraria. Sin embargo, de conformidad con el Auto Nacional Agroambiental S2 30/2015 de 27 de mayo, existían requisitos que debía contener la demanda ejecutiva en materia agroambiental. Entre dichos requisitos se encontraba la exigencia de que el documento que con base en la ejecución, tenga relación directa con la mencionada materia. Empero, la letra de cambio aludida, constituía un documento mercantil; correspondiendo en consecuencia el conocimiento y resolución del proceso a la jurisdicción ordinaria civil.

I.4. Admisión

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante , cursante de fs. 59 a 62, admitió el conflicto de competencias suscitado entre las jurisdicciones Agroambiental de Montero y la Mixta Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Mineros ambas del departamento de Santa Cruz.

II. CONCLUSIONES

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