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TCP

0058/2022-CA

Tribunal Constitucional Plurinacional
3 de marzo de 2022

Auto 0058/2022-CA

Proceso
—
Sala
TCP
Año
2022

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2022-CA Sucre, 3 de marzo de 2022

Expediente: 45218-2022-91-CCJ Conflicto de competencias jurisdiccionales Departamento: La Paz

El conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado entre Basilio Tinta Tinta, Secretario de Conflictos y Comité Ejecutivo de la Provincia Los Andes-Federación Sindical Única de Trabajadores Originarios Campesinos "Tupac Katari" y el Juez de Instrucción Público de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Cautelar de Pucarani del departamento de La Paz.

I. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIÓN

I.1. Atribución de la Comisión de Admisión

El art. 1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece que dicha norma, tiene por objeto: "...regular los procesos constitucionales ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, así como las acciones de defensa ante Juezas, Jueces y Tribunales competentes".

Por su parte, el art. 26.II del citado Código, confiere a la Comisión de Admisión la atribución de observar los defectos formales subsanables a efecto que los consultantes los salven oportunamente.

En tal sentido, todo proceso o demanda que ingrese al Tribunal Constitucional Plurinacional debe contar con todos los documentos y pruebas pertinentes, para demostrar y justificar la problemática que se plantea y pretende sea resuelta.

I.2. Ausencia de requisitos formales de admisión

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