Texto del fallo
Texto de la resolucion
FUNDAMENTACIÓN DEL VOTO DISIDENTE Sucre, 24 de noviembre de 2021
SALA PLENA Magistrado: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Conflicto de competencias jurisdiccionales
Expediente: 31843-2019-64-CCJ Departamento: Oruro Suscitado entre: Félix Mamani Laura, Mallku del Consejo del Ayllu Sullcavi, Corque Marka de la Nación Originaria Suyu Jacha Carangas, y la Jueza de Instrucción Penal Primera, ambos del departamento de Oruro.
I. OBJETO DE LA DISIDENCIA
El suscrito Magistrado, manifiesta su desacuerdo con la determinación asumida por la Sala Plena de este Tribunal, en la , en la que se resuelve declarar competente "... a la autoridad indígena originaria campesina del Consejo del Ayllu Sullcavi, Corque Marka de la Nación Originaria Suyu Jacha Carangas, del departamento de Oruro, como Mallku del Consejo de Corque Marka, para asumir el conocimiento del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Delfín Condori Mamani contra Osvaldo Condori Mamani, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica" (sic) al considerar insuficientes el análisis en torno a la concurrencia de los ámbitos de vigencia personal y territorial; así como, la acreditación de la legitimación activa de la autoridad Indígena Originaria Campesina (IOC) que activó el conflicto competencial ante esta jurisdicción.
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