Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2021-S3 Sucre, 29 de marzo de 2021
SALA TERCERA Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas Acción de libertad
Expediente: 34334-2020-69-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 17/20 de 2 de julio de 2020, cursante a fs. 32 y vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ulises Ibañez Valverde en representación sin mandato de Víctor Hugo Pérez Gamez contra Mirael Salguero Palma, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 1 de julio de 2020, cursante de fs. 8 a 14 vta., el accionante a través de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público y otro por la presunta comisión de los delitos de estafa y otros, proceso que data desde hace tres años, el 14 de marzo de 2020, fue ordenada su detención preventiva por el Juez de Instrucción Penal a cargo del caso, apelada que fue dicha determinación, recayó ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a cargo del Vocal hoy accionado, habiendo señalado la respectiva audiencia para el 15 de junio del indicado año, acto procesal en el que se declaró improcedente el recurso y se confirmó el mismo, desde esa fecha, al presente, el proceso aun continua en dicha Sala Penal, sin que se hayan devuelto los antecedentes al Juzgado de origen con la respectiva acta de audiencia; el 16 del citado mes y año sus abogados presentaron memorial solicitando fotocopias legalizadas de todo el cuaderno procesal; empero, hasta la interposición de la acción de libertad, el referido escrito no sale de despacho, demostrando con ello que la autoridad accionada tiene un marcado interés en el proceso, razón por la cual se encuentra en total estado de indefensión, debido a que se violentaron sus derechos y garantías constitucionales. I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso, y a la defensa; citando al efecto los arts. 115.II, 119.II, y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE). I.1.3. Petitorio
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