Texto del fallo
Texto de la resolucion
VOTO ACLARATORIO DE LA Sucre, 31 de julio de 2023
SALA PLENA Magistrada Relatora: Msc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Conflicto de Competencias Jurisdiccionales Expediente: 34803-2020-70-CCJ Departamento: La Paz
I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
La suscrita Magistrada presenta su Voto Aclaratorio a la , pronunciada por la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, pues, si bien considero que corresponde lo definido en el fondo, no creo adecuado sacar conclusiones apresuradas sobre las competencias de las autoridades originarias para el conocimiento de este tipo de casos que involucren posibles actos de violencia de género, ya que la decisión se centra exclusivamente en la voluntad de la mujer víctima de violencia, para elegir la jurisdicción que esta, considere la más adecuada para la protección de sus derechos.
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA ACLARACIÓN DE VOTO
II.1. Sobre la problemática jurídica analizada
La referida analizó el conflicto de competencias suscitado por Mario Tito Coaquira, Jiliri Mallku; Leonardo Tito Hinojosa, SUllka Mallku; Edgar Ramiro Tito Velazco, Yapu Uywa Qamani; Edein Huari Choquevillca, Qillqa Qamani; Juan Siquita Aruquipa, Sub Central Chissi, todos de la Marka Originario Huacuyo, del municipio de Copacabana, provincia Manco Kapac; y Milmer Demetrio Centellas Machicado, Juez del Tribunal de Sentencia Penal Primero y Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Copacabana, todos del departamento de La Paz, sobre el conocimiento del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular de Silvia Eugenia Tito Mamani contra Eustaquio Huari Choquevillca, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, que se sustancia ante la jurisdicción penal.
II.2. Motivos del presente Voto Aclaratorio.
Mostrando 9 de 18 parrafos.