Texto del fallo
Texto de la resolucion
VOTO DISIDENTE DEL Sucre, 13 de marzo de 2020
COMISIÓN DE ADMISIÓN Magistrada Disidente: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de amparo constitucional
Expediente: 33353-2020-67-AAC Departamento: Cochabamba Partes: Gina Cambara Carrillo contra Iveth Quispe Patiño, Jueza Pública de Familia Décima Cuarta de la Capital del departamento de Cochabamba.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
La suscrita Magistrada expresa su disidencia con el criterio contenido en el , que confirmó la Resolución de 11 de febrero de 2020, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del departamento de Cochabamba, que dispuso la improcedencia de esta acción de amparo constitucional; dado que, se habría inobservado el principio de subsidiariedad; sin embargo, la peticionante de tutela señaló en su demanda tutelar, que dentro del proceso familiar que le sigue el padre de sus hijas, tuvo dificultades para realizar actos procesales en dicho proceso; en razón de los conflictos acaecidos en el país en los meses de octubre y noviembre de 2019.
En todo caso, considero que se debió REVOCAR dicha Resolución Constitucional; y en consecuencia, disponer la ADMISIÓN de la referida acción de defensa.
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