Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2020-RCA Sucre, 13 de marzo de 2020
Expediente: 33354-2020-67-AAC Acción de amparo constitucional Departamento: Potosí
En revisión la Resolución 1/2020 de 13 de febrero, cursante de fs. 18 a 21, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Rodolfo Aranibar Coca contra Erik Rolando Copa Calcina, Fiscal de Materia.
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 12 de febrero de 2020, cursante de fs. 11 a 17, el accionante refiere que el proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de lesiones leves y graves, ampliado por el supuesto delito de asesinato, fue sustanciado con una serie de irregularidades e ilegalidades, siendo que el Fiscal de Materia demandado, sin darle la oportunidad de defenderse le negó los requerimientos solicitados al efecto, para posteriormente emitir acusación formal, la que además no le fue notificada legalmente.
Alega que, como respuesta a una tercera solicitud de requerimientos, el Fiscal de Materia demandado mediante Resolución de 28 de enero de 2020, le hizo conocer que existía Resolución Conclusiva de Acusación Formal, por lo que no era posible realizar actos de investigación al haber concluido la etapa investigativa, sin tomar en cuenta que constan requerimientos pendientes de remisión a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, ordenados por dicha autoridad.
I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
Considera lesionados sus derechos a la defensa y al debido proceso en la garantía de ser procesado en un plazo razonable, y a la defensa, citando al efecto los arts. 115.II y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2 incs. c), d) y e) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 14.3 incs. d) y e) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
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