Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2020-S4 Sucre, 10 de julio de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 30827-2019-62-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 462/2019 de 8 de septiembre, cursante de fs. 53 vta. a 58, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Eddy Sirpa Quispe en representación sin mandato de Yandira Agar Cerruto Mercado contra Virginia Regina Santa Cruz Silva, Mary Isabel Gutiérrez Gutiérrez, Jueza y Secretaria, respectivamente, ambas del Juzgado de Instrucción Penal Noveno del departamento de La Paz; y, la Dirección General de Migración (DIGEMIG).
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 7 de septiembre de 2019, cursante de fs. 5 a 6 vta., la accionante a través de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, después de haber sido declarada rebelde, por la Jueza de Instrucción Penal Noveno del departamento de La Paz, ahora demandada, presentó un memorial de purga de rebeldía, por lo que dicha autoridad mediante proveído, dispuso la purga correspondiente, ordenando en consecuencia que se levantaran todas las medidas dispuestas sobre su persona; sin embargo, el 7 de septiembre de 2019, cuando se disponía realizar un viaje por motivos de trabajo, a la República de Chile, funcionarios policiales en la frontera, la retuvieron indicándole que tenía una orden de arraigo en su contra, por lo que no podía salir de Bolivia, vulnerando de esa forma su derecho a la libertad de locomoción, puesto que, en el cuaderno procesal no figuraba hasta esa fecha ninguna copia u oficio que se hubiera entregado a la parte contraria, ya que ni siquiera estaba elaborada el acta de la audiencia de medidas cautelares, debiendo entenderse que la ahora codemandada Secretaria del referido Juzgado, de manera maliciosa elaboró el mandamiento de arraigo y lo entregó a la parte denunciante sin dejar descargo de dicha entrega en el cuaderno procesal.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La accionante a través de su representante sin mandato, denunció la lesión de sus derechos, a la libertad, a la locomoción, al debido proceso y a la defensa, citando al efecto, los arts. 115, 119 y 203 de la Constitución Política del Estado (CPE). I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela impetrada, disponiéndose lo siguiente:
- a)Se levante el mandamiento de arraigo emitido por la Jueza demandada, ordenándose el cese de toda medida de restricción de sus derechos a la libertad y locomoción; y,
- b)Se conmine a la "Dirección Nacional de Migración" levante la orden de arraigo que se encuentra registrado en su sistema.
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
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