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TCP

0069/2020-CA

Tribunal Constitucional Plurinacional
28 de mayo de 2020
Resumen del caso

Auto 0069/2020-CA

Proceso
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Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

AUTO CONSTITUCIONAL 0069/2020-CA Sucre, 28 de mayo de 2020

Expediente: 33769-2020-68-CET Conflicto de competencias entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas y entre éstas Departamento: Cochabamba

El conflicto positivo de competencias entre el Nivel Central del Estado y el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba; interpuesto por Esther Soria Gonzales, Gobernadora de la referida entidad territorial autónoma contra Jeanine Añez Chávez, Presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia; y Karen Longaric Rodríguez, Ministra de Relaciones Exteriores; Yerko M. Núñez Negrette, Ministro de la Presidencia; Arturo Carlos Murillo Prijic, Ministro de Gobierno; Luis Fernando López Julio, Ministro de Defensa; Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Ministro de Planificación del Desarrollo; José Luis Parada Rivero, Ministro de Economía y Finanzas Públicas; Víctor Hugo Zamora Castedo, Ministro de Hidrocarburos; Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Ministro de Energías; Wilfredo Rojo Parada, Ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural; Iván Arias Durán, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda; Carlos Fernando Huallpa Sunagua, Ministro de Energía y Metalurgia; Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional; Oscar Bruno Mercado Céspedes, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social; Aníbal Cruz Senzano y Marcelo Navajas Salinas, Ex Ministros de Salud; María Elva Pinckert de Paz, Ministra de Medio Ambiente y Agua; Víctor Hugo Cárdenas Conde, Ministro de Educación; Beatriz Eliane Capobianco Sandoval, Ministra de Desarrollo Rural y Tierras; Martha Yujra Apaza, Ministra de Culturas y Turismo; María Isabel Fernández Suarez, Ministra de Comunicación; Milton Navarro Mamani, Ministro de Deportes; y, Fernando Valenzuela, Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud.

I. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIÓN

I.1. Marco normativo constitucional

Conforme establece el art. 202.3 de la CPE, es atribución del Tribunal Constitucional Plurinacional, conocer y resolver: "Los conflictos de competencias entre el gobierno plurinacional, las entidades territoriales autónomas y descentralizadas, y entre éstas".

I.2. Requisitos de procedencia del conflicto de competencias

De acuerdo al art. 85.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), el Tribunal Constitucional Plurinacional conocerá y resolverá los conflictos de competencia sobre las:

"1. Competencias y Atribuciones asignadas por la Constitución Política del Estado a los Órganos del Poder Público.

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