Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2020-S3 Sucre, 16 de marzo de 2020
SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de libertad
Expediente: 30720-2019-62-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 005/2019 de 29 de agosto, cursante de fs. 23 a 24 vta.; pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Beatriz Guarachi Morales en representación sin mandato de Miguel Ángel Valencia Monasterios contra Alan Mauricio Zarate Hinojosa, Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
El accionante a través de su representante sin mandato por memorial presentado el 28 de agosto de 2019, cursante de fs. 2 a 4, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de feminicidio, fue notificado en su domicilio real con la imputación formal. Posteriormente, la parte querellante solicitó ante el Juez ahora accionado, audiencia de consideración de medidas cautelares en su contra; en efecto, la autoridad judicial de la causa, por providencia de 13 de agosto de 2019, señaló audiencia para las 9:30 horas del 22 de igual mes y año, con la que fue notificado el 21 del citado mes y año mediante cédula en su domicilio procesal ubicado en av. Raúl Salmón 24, piso 1, oficina 105, zona 12 de octubre de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz.
El 21 de agosto de 2019, su abogado patrocinante, Freddy Gastón Choque Cortes, presentó memorial ante el mencionado Juez hoy accionado, refiriendo que otorgaba pase profesional y que no logró comunicarle el señalamiento de audiencia; por lo que se programó una nueva para el 23 de dicho mes y año, ordenándose su notificación en Secretaría del Juzgado; determinación que fue cumplida por la Oficial de Diligencias el 22 de ese mes y año.
No fue notificado legalmente con los dos señalamientos de audiencia, en virtud a ello fue declarado rebelde, agravando de esta manera su situación jurídica y poniendo en riesgo su libertad. I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
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