Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0070/2022-CA Sucre, 7 de marzo de 2022
Expediente: 31302-2019-63-CEA Control previo de constitucionalidad de proyectos de estatutos autonómicos o cartas orgánicas de entidades territoriales autonómicas Departamento: La Paz
La consulta de control sobre la constitucionalidad del Estatuto Orgánico de la Comunidad de Saucira del municipio de Apolo, provincia Franz Tamayo del departamento de La Paz, remitida por Abdón Richar Apana Porozo, Secretario General; Gonzalo Carlos Esquibel Quispe, Secretario de Relaciones; Joaquín Porozo Avirari, Secretario de Actas; Nelson Apana Divapuri, Secretario de Justicia y Conflictos; Juan Daniel Apana Sánchez, Secretario de Hacienda; Dennis Campos Arahona, Secretario Vocal; y, Emiliana Yarari Amahuachi, Secretaria de Vinculación Femenina, todos de la citada Comunidad.
I. SÍNTESIS DE LA CONSULTA
I.1. Antecedentes
Por escrito presentado el 8 de octubre de 2019, cursante de fs. 51 a 52 vta., Abdón Richar Apana Porozo, Secretario General; Gonzalo Carlos Esquibel Quispe, Secretario de Relaciones; Joaquín Porozo Avirari, Secretario de Actas; Nelson Apana Divapuri, Secretario de Justicia y Conflicto; Juan Daniel Apana Sánchez, Secretario de Hacienda; Dennis Campos Arahona, Secretario Vocal; y, Emiliana Yarari Amahuachi, Secretaria de Vinculación Femenina, todos de la Comunidad de Saucira del municipio de Apolo, provincia Franz Tamayo del departamento de La Paz, remitieron al Tribunal Constitucional Plurinacional el proyecto del estatuto orgánico y reglamento interno de la mencionada Comunidad, para efectos de control de constitucionalidad, alegando que dichos documentos fueron aprobados en su asamblea general extraordinaria de 24 de febrero del mencionado año.
I.2. Petición
Solicitaron se proceda a la revisión y posterior declaración de constitucionalidad del estatuto orgánico y de su reglamento interno de la comunidad Saucira del municipio de Apolo de la provincia Franz Tamayo del departamento de La Paz.
I.3. Trámite procesal
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante (fs. 53 a 56), solicitó se subsanen deficiencias formales observadas, debiendo al efecto:
- a)Justificar si la comunidad Saucira del municipio de Apolo, provincia Franz Tamayo del departamento de La Paz, adoptó la calidad de Autonomía Indígena Originaria Campesina, con la finalidad de acreditar la legitimación activa conforme dispone el art. 118.II del Código Procesal Constitucional (CPCo);
- b)Adjuntar la documentación que respalde la vía que se siguió para constituirse en Autonomía Indígena Originaria Campesina; y,
- c)Demostrar que el proyecto de estatuto fue elaborado de manera participativa en observancia del art. 275 de la Constitución Política del Estado (CPE), adjuntando las actas de debate y aprobación respectiva. Para lo cual se concedió el plazo de cinco días para subsanar lo observado, bajo conminatoria de tenerse por no presentada la consulta en caso de incumplimiento.
El citado , fue notificado a Juan Daniel Apana Sánchez, Secretario de Relaciones de la comunidad Saucira del municipio de Apolo, de la mencionada provincia y departamento el 17 de febrero de 2022, como sobresale de la notificación que cursa a fs. 82.
II. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIÓN
II.1. Atribución de la Comisión de Admisión
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