Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2021-CA Sucre, 31 de marzo de 2021
Expediente: 38685-2021-78-CCJ Conflicto de competencias jurisdiccionales Departamento: Potosí
El conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado entre Héctor Estelo Berna, Curaca Cobrador de la comunidad Quetena Chico de la provincia Sud Lipez y el Juez de Instrucción Penal Primero de Uyuni, ambos del departamento de Potosí.
I. SÍNTESIS DEL CONFLICTO
I.1. Contenido de la solicitud
Por memorial presentado el 18 de marzo de 2021, cursante de fs. 20 a 26 vta., Héctor Estelo Berna, Curaca Cobrador de la comunidad Quetena Chico, provincia Sud Lipez del departamento de Potosí, interpuso demanda de conflicto de competencias entre la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina (JIOC) y la Jurisdicción Ordinaria, solicitando que el Tribunal Constitucional Plurinacional admita dicha demanda y ordene a la autoridad jurisdiccional ordinaria decline competencia a la de su Comunidad y sea con remisión de antecedentes respecto del conocimiento del proceso penal seguido por Teodoro Bernal Muraña contra Porfirio y Sebastián, ambos Berna Esquivel, por la presunta comisión de los delitos de avasallamiento, robo agravado, lesiones graves y leves; señalando que el Juez Público Civil y Comercial Primero de Uyuni del citado departamento, actuando en suplencia legal del Juez de Instrucción Penal Primero de la misma localidad, hubiera rechazado la demanda de conflicto de competencias que presentaron las anteriores autoridades de esa Comunidad.
Refirió que, el 30 de mayo de 2019, cuando la mencionada Comunidad realizaba una asamblea comunal, fueron anoticiados por Juanito Bernal que miembros de la comunidad Zoniquera hubieran ingresado de manera violenta al Territorio Indígena Originario Campesino (TIOC) de los ayllus de los Lipez con pretexto de hacer un reconocimiento para la delimitación político administrativa entre los municipios de Colcha K y San Pablo de Lipez, motivo por el cual, decidieron trasladarse al sector denominado "LUPIJARA" que pertenece a la comunidad de Quetena Chico, donde evidenciaron que efectivamente miembros de la comunidad Zoniquera, a la cabeza de su autoridad originaria Teodoro Bernal Muraña y el Alcalde de Colcha K, estaban realizando mediciones de terrenos dentro el territorio de la comunidad Quetena Chico, por lo que se acercaron y pidieron a la referida autoridad originaria, abandonen ese sector debido a que estaban dentro el territorio de su Comunidad saneado por el INRA, es así que ante la negativa y de seguir con las mediciones los miembros de la comunidad Quetena Chico reaccionaron y se produjo el intercambio de palabras verbales entre las partes, hasta que la comunidad Zoniquera se trasladó al otro punto de colindancia entre ambas comunidades.
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