Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2021-S1 Sucre, 27 de mayo de 2021
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad
Expediente: 34612-2020-70-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 02/2020 de 24 de enero, cursante de fs. 21 a 23, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Cristhian Fabricio Rojas Luque contra Javier Cordero Salcedo, Fiscal de Materia; y, Luis Miguel Coronel Granados, funcionario policial del departamento de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 24 de enero de 2020, cursante de fs. 4 y vta., el accionante, expreso los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
De la documentación adjunta, se evidencia que el 24 de enero de 2020, fue conducido a dependencias de tránsito para realizarle un test de alcoholemia, prueba dudosa y fraudulenta, que arrojo diferentes resultados, primero 0.50, después 1.0 y 1.5 de porcentaje alcohólico, al ver esos resultados se solicitó que se realice la prueba por toma de sangre, pedido que fue rechazado por los oficiales policiales quienes procedieron a detenerlo a horas 02:00.
Ese mismo día, solo los policías le toman una declaración, manifestándole que será cautelado; sin embargo pasan las horas y no hay ninguna manifestación formal del Fiscal ni de la policía; al haber cumplido las ocho horas que establece la Ley, niegan ponerlo en libertad, privándole de manera abusiva de sus derechos; además le niegan la visita de su abogado.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El solicitante de tutela, considera lesionado su derecho a la libertad y al debido proceso; citando al efecto los arts. 125 y 126.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se disponga su libertad.
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
La audiencia pública de consideración de la presente acción de libertad, se realizó el 24 de enero de 2020, según consta en acta cursante de fs. 18 a 23; produciéndose los siguientes actuados:
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