Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2021-S2 Sucre, 10 de mayo de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional
Expediente: 33925-2020-68-AAC Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 197/2019 de 25 de noviembre, cursante de fs. 102 a 104, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Julio Justiniano Suxo Burgoa contra Miguel Ángel Martín Ayala Zapata, Sub Alcalde del Distrito Cuatro de Villa San Antonio Alto del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 21 de octubre de 2019; cursante de fs. 23 a 27, el accionante expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz -mediante trámite administrativo- desposeyó 5069 m2 de terrenos en la zona Pampahasi Bajo. Posteriormente el Decreto Supremo (DS) 20873 de 12 de junio de 1985, declaró la necesidad y utilidad pública de expropiación de 6000 m2 adicionales -en la misma zona-, respecto a su propiedad y de otros, que fueron transferidos a través de la Escritura Pública 357 de agosto de 1998, haciendo un total de 11069 m2. Sin embargo, de forma ilegal dicha entidad -pretendiendo ser propietaria-, venía realizando trabajos sobre su inmueble, afectando 2979 m2 que no fueron expropiados.
Por este hecho irregular acaecido desde "tiempo atrás", el 11 de octubre de 2019 solicitó el cese de tales actos ante la Sub Alcaldía del Distrito Cuatro de Villa San Antonio Alto; y, el 16 de igual mes y año, efectuó análogo petitorio al Concejo Municipal y al Alcalde todos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. Sin embargo, los trabajos persisten a la fecha, sin que tampoco cuente con ninguna respuesta.
Agregó que en su caso podía flexibilizarse el principio de subsidiariedad a efectos de evitar que se consume la lesión de sus derechos por el daño y perjuicio "eminente".
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