Volver a sentencias
TCP

0121/2022-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional
13 de abril de 2022SALA SEGUNDA

Voto Disidente 0121/2022-S2

Proceso
—
Sala
SALA SEGUNDA
Año
2022

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

VOTO DISIDENTE Sucre, 13 de abril de 2022

SALA SEGUNDA Magistrado: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional

Expediente: 38768-2021-78-AAC Departamento: Chuquisaca

Partes: Oscar Sandy Rojas contra David Ibañez Tumiri, Presidente del Directorio de la Compañía Eléctrica Sucre Sociedad Anónima (CESSA S.A.).

I. ANTECEDENTES

El suscrito Magistrado expresa su desacuerdo con lo resuelto y fundamentado en la ; por lo que, emite su Voto Disidente de conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), de acuerdo a los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:

II. FUNDAMENTACIÓN

El impetrante de tutela denuncia la lesión de sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral; habida cuenta que, CESSA no dio cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación JDTEPS-CH/C.R. 021/2021 de 25 de enero, pronunciada por la Jefatura Departamental de Trabajo de Chuquisaca; en la que se dispuso su reincorporación inmediata a su fuente laboral, al mismo puesto que ocupaba -Gerente General de dicha entidad-, más la reposición de todos sus derechos sociales y el pago de sus salarios devengados.

II.1. La dispone CONFIRMAR la Resolución 33/2021 de 19 de marzo, cursante de fs. 164 a 169, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, CONCEDER la tutela, cuando en todo caso se debió REVOCAR la citada Resolución Constitucional emitida por la citada Sala Constitucional y DENEGAR la tutela impetrada, habida cuenta que, si bien, el Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante la Resolución de Doctrina Constitucional (RDC) 0001/2021 de 16 de junio, unificó las líneas jurisprudenciales aplicadas por las diferentes Salas que componen, en los casos en los que fue reclamado el incumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral, estableciendo que: "Cuando una trabajadora o trabajador sea despedido injustificadamente o por causas no contempladas en el art. 16 de la LGT, podrá optar por el pago de los beneficios sociales o por su reincorporación"; en tal sentido, es necesario realizar las siguientes aclaraciones:

Mostrando 10 de 20 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi Lector

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi Lector para acceder al texto íntegro y al PDF original completo.

Bs. 20/mesPixi Lector

  • Texto íntegro de las sentencias del TCP y TSJ
  • PDF oficial de cada resolución, listo para descargar
  • Citas listas para usar en tus escritos

¿Necesitas también el asistente IA? Compara todos los planes

Tribunal Constitucional Plurinacional13 de abril de 20220121/2022-S2Fuente oficial