Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0123/2021-S4 Sucre, 17 de mayo de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 34586-2020-70-AL Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución de 25 de junio de 2020, cursante de fs. 76 a 79 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Adolfo Paniagua Coronado en representación sin mandato de Trifón Vargas Villarroel contra Fresia Rosalia Orellana Goitia, Jueza de Ejecución Penal Segunda del departamento de Cochabamba.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 24 de junio de 2020, cursante de fs. 2 a 4, el accionante, a través de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del fenecido proceso penal seguido en su contra, por el delito de estupro, fue condenado a cuatro años de reclusión y posteriormente beneficiado con redención de la pena; a partir de entonces, tramitó su libertad condicional ante el Juzgado de Ejecución Penal Segundo del departamento de Cochabamba, que en un primer momento señaló audiencia para el 27 de marzo de 2020; empero, ésta fue suspendida por el decreto de cuarentena total desde el 23 del mes y año señalado; lo propio ocurrió con la verificación domiciliaria prevista para el 25 de igual mes y año; consecuentemente, no se pudo realizar su clasificación al cuarto periodo del sistema progresivo, ni la verificación de su domicilio; circunstancia que impidió se emita resolución dentro de un plazo razonable, no obstante ya contaba con dichas clasificaciones y verificaciones en dos procesos anteriores, en los cuales goza de libertad condicional.
Los primeros días de mayo, a través del buzón judicial reiteró su solicitud de audiencia; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la acción tutelar, no mereció respuesta alguna.
El 13 de mayo del mismo año, presentó de manera física en la oficina gestora 3, la documentación extrañada correspondiente a los otros procesos penales, que sólo fue arrimada a los antecedentes, en cumplimiento al proveído de 12 de junio de 2020.
El 19 del mismo mes y año, presentó nuevo memorial, acompañando el registro domiciliario, teniendo certeza que el Centro Penitenciario Sacaba había remitido la clasificación requerida; empero, tampoco se resolvió su solicitud de libertad condicional, lo que le obligó a plantear la acción de libertad.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
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