Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2020-S4 Sucre, 21 de julio de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de amparo constitucional
Expediente: 30383-2019-61-AAC Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 92 de 9 de agosto de 2019, cursante de fs. 87 vta. a 89 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Pablo Javier Cervantes Fajardo contra Félix Pablo Fajardo Sacaico.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 30 de julio de 2019, cursante de fs. 33 a 44, el accionante manifestó los siguientes argumentos de hecho y de derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Fue contratado verbalmente por Félix Fajardo Sacaico el 19 de octubre de 2018, y durante su relación laboral realizó distintos trabajos, como ayudar en el montaje de la fábrica de agua y hielo de la empresa Progressgroup, el instalado y control de las máquinas, el embotellamiento de agua y la fabricación de hielo; todo con un salario básico de Bs2 060.- (dos mil sesenta bolivianos 00/100); hasta que, el 22 de mayo de 2019 (luego de siete meses y tres días de trabajo), su empleador procedió a despedirlo injustificadamente, no obstante que tenía conocimiento que era progenitor de un hijo menor a un año de edad.
El 21 de mayo de 2019 -un día antes a su despido injustificado-, funcionarios del Gobierno Autónomo Municipal de La Guardia del departamento de Santa Cruz, comunicaron que el 22 del mismo mes y año, realizarían una inspección a la fábrica; sin embargo, cuando este día acudió a su fuente laboral, se percató que su empleador vació la fábrica con todos los productos que fueron elaborados, quedando simplemente las máquinas y los ambientes vacíos, ello con el objeto de simular que la fábrica no funcionaba; concluida la inspección, ya al finalizar la jornada de trabajo, su empleador le comunicó que ya no trabajaría más, sin mayor explicación; por lo que, solicitó el pago de sus beneficios sociales, sueldos devengados y subsidio de lactancia; empero, no le fueron cubiertos.
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