Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2021-S1 Sucre, 10 de junio de 2021
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de amparo constitucional
Expediente: 34602-2020-70-AAC Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 03/2020 de 5 de junio, cursante de fs. 66 a 69, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Hilmar Paulino Sarabia Rivero contra Roberto Ribera Serrano, Presidente de la Asociación de Ganaderos de Roboré (ASOGAR).
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 24 de mayo de 2020, cursante de fs. 7 a 12, el accionante expresó los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Por nota de 17 de marzo de 2020, el Presidente de ASOGAR Roberto Ribera Serrano, le hizo conocer que su vehículo con placa de circulación 1355-DNP, no ingresaría más al matadero de Roboré a partir del 19 de ese mes y año, y que solamente lo haría el camión furgón de ASOGAR; dicha determinación no se fundó en ninguna norma legal, además de que su persona cumple con todos los requisitos exigidos por el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG), y que cuenta con una certificación para que su vehículo pueda transportar carne, pescado y sus derivados; por lo que, no existe ningún motivo válido para tomar esa determinación.
Ante este acto arbitrario, mediante nota hizo conocer al Presidente de ASOGAR que su persona tenía un año más de autorización para transportar carne vacuna y que no se le había quitado ni anulado la certificación del SENASAG, pues no se realizó ninguna inspección a su vehículo por parte de dicha entidad, ni tampoco se elevó informe alguno a ASOGAR, que acreditara que su señalado vehículo tuviera alguna mala condición técnica o sanitaria, que signifique un riesgo para la inocuidad del producto y por consiguiente para la salud; ante esta nota, el 6 de abril de 2020, el mencionado Presidente, por medio de una "Resolución Administrativa", le comunicó que la Asociación de Ganaderos de Roboré, cumpliendo con las atribuciones de Directorio, bajo el mandato de la Asamblea de Socios, desde hace meses encaró un proyecto de mejoramiento al servicio de faeneo y transporte en el matadero, lo que implicó la compra de un camión furgón para transporte de carne que fuera propio de ASOGAR; decisión que respondería a la política y gestiones de esa administración, aclarándole que no le privaron del derecho al trabajo, sino que el matadero brindará el servicio completo, incluyendo el transporte que realizaba su persona, indicándole además que quedaban abiertas las vías del diálogo.
Desde la primera nota de 17 de marzo de 2020, ya no pudo realizar su trabajo con normalidad, pese a tener su certificación del SENASAG, institución que no le revocó la certificación que autoriza su funcionamiento; por lo que, al considerar que se está vulnerando su derecho al trabajo y dado que no existe otra vía ordinaria o instancia superior para realizar sus reclamos, pues la "Resolución Administrativa" de 6 de abril de 2020 no admite recurso ulterior alguno, plantea esta acción de defensa.
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