Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0154/2020-CA Sucre, 3 de septiembre de 2020
Expediente: 34742-2020-70-AIC Acción de inconstitucionalidad concreta Departamento: Pando
En consulta la Resolución de 31 de julio de 2020, cursante de fs. 44 a 45, pronunciada por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Yoel Alex Orellana Herrera demandando la inconstitucionalidad del art. 2.IV de la Ley 1226 de 23 de septiembre de 2019, por ser presuntamente contrario al art. 116.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
El 31 de julio de 2020, en la audiencia de apelación de cesación a la detención preventiva, cursante de fs. 40 a 41, el accionante a través de su defensa técnica manifiesta que desde el 22 de noviembre de 2019, se encuentra con detención preventiva y que pese a que se solicitó varias veces la cesación de dicha medida de carácter personal, se hizo una interpretación "... al 233 modificada por la 266 que en el texto se incluye el juicio y recursos esta parte transcrita lamentablemente es inconstitucional y estamos promoviendo esta situación porque lamentablemente esta norma es contraria (...) en sus arts. 6 del CPP, la norma no señala una detención indefinida el 233 dice que la detención será impuesta cuando las demás medidas sean insuficientes, el hecho se investiga en la etapa preparatoria en etapa de juicio se juzga..." (sic). Pidiendo la inconstitucionalidad del art. 2.IV de la Ley 1226.
I.2. Respuesta a la acción
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