Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2021-S1 Sucre, 17 de junio de 2021
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de amparo constitucional
Expediente: 34589-2020-70-AAC Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 03/19 de 5 de diciembre de 2019, cursante de fs. 198 a 199 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Isabel Ferreira Melendres contra Vicente Flores Terrazas, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de Yapacaní del Departamento de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Mediante memorial presentado el 29 de noviembre de 2019, cursante de fs. 27 a 32, la accionante expresó los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Desde el 6 de junio de 2006 trabajó en el Hospital Municipal de Segundo Nivel de Yapacaní como personal del servicio de cocina y el 9 de septiembre de 2019; empero, Hernán Ibarra, responsable de Recursos Humanos (RR.HH) del GAM de Yapacaní, le entregó el Memorando -de 9 de septiembre de 2019- firmado por el Alcalde Municipal, Vicente Flores Terrazas, mediante el cual se procedió a despedirla de su fuente de trabajo como personal de planta del servicio de cocina del citado Hospital; sin embargo, anoticiada la mencionada autoridad que iba a interponer la acción administrativa correspondiente, de manera verbal y con engaños la iba a restituir, promesa que no cumplió de dejar sin efecto el Memorando de despido, y la agravante que pese a haber asistido regularmente a su trabajo, no le canceló su salario por los veintiún días de septiembre y de todo el mes de octubre de 2019, pese a que "prácticamente" "sic" estaba terminando el mes de noviembre, todo ello, con la intención de presionarle y obligarle a firmar un contrato de consultoría en línea, que atenta a sus intereses y derechos laborales y sociales, por cuanto se trata de un contrato administrativo que desmejoraría ostensiblemente su remuneración por las deducciones a las que estaría sujeta, aparte de privarle de sus beneficios como asegurada de la Caja de Salud.
Finalmente, sostiene que ese trabajo es su única fuente de ingresos para sostenerse ella y sus tres hijos quienes son estudiantes, encontrándose como mujer entre el grupo del sector vulnerable con protección preferente, aun siendo funcionaria pública de libre nombramiento.
I.1.2. Derechos vulnerados
La accionante denuncia la lesión de sus derechos al trabajo digno, a la estabilidad laboral, a la alimentación, a la salud y a la vida, así como los derechos de sus hijos, incluyendo el derecho a la educación; sin citar ninguna normativa al respecto.
I.1.3. Petitorio
Mostrando 14 de 70 parrafos.