Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2020-S2 Sucre, 21 de julio de 2020
SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de libertad
Expediente: 31453-2019-63-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 29/2019 de 11 de octubre, cursante de fs. 17 a 18 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Edgar Natalio Mamani Aguilar contra Cesar Wenceslao Portocarrero Cuevas y Silvia Maritza Portugal Espinoza, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1 Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 10 de octubre de 2019, cursante de fs. 4 a 5, el accionante refirió que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de robo, el 16 de septiembre de 2019 se desarrolló la audiencia de cesación de la detención preventiva celebrada por el Tribunal de Sentencia Penal Quinto de la Capital del departamento de La Paz que dispuso el rechazo de su solicitud, manteniendo subsistente los riesgos procesales previstos en los arts. 234.10 y 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP). El 3 de octubre del mismo año, los Vocales demandados a través del Auto de Vista 412/2019 declararon procedente en parte su recurso de apelación incidental que interpuso al Auto Interlocutorio 299/2019 de 16 de septiembre, enervando el riesgo procesal del art. 234.10, quedando latente el art. 235.2 del citado Código, sin haber realizado una valoración integral de la causa, dejando incierta su situación jurídica por no haberse aplicado el art. 240 del Código Adjetivo Penal.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
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