Texto del fallo
Sintesis del caso
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, de acceso a la justicia y a la libertad, en la modalidad de pronto despacho, debido a que el Juez de Instrucción Penal Primero de Cobija del departamento de Pando, suspendió la audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva y la solicitud fiscal de ampliación del plazo de dicha medida, el 2 de junio de 2020, a través de la Resolución, no obstante acreditar que padece una enfermedad crónica y haberse extendido la aplicación de la medida dispuesta en su contra más allá del plazo establecido, añadiéndose a esta situación que no existe afectación a las medidas adoptadas por la pandemia, debido a que dicho actuado seria virtual.
Sintesis de la ratio decidendi
Se concede la acción de libertad, al existir una evidente dilación conducente, la activación de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, al existir dilación en la tramitación de la solicitud de cesación a la detención preventiva del accionante.
Extracto de la ratio decidendi
F.J.III.2. “De todo lo expuesto, este Tribunal concluye que en atención a la principal razón, sustentada en el contenido del art. 239.2 del CPP, por la que el accionante ostentaba una situación especial y particular, misma que debe ser atendida con prontitud y celeridad, es así que, la autoridad judicial hoy demandada si bien ajustó su accionar a lo determinado en el caso por sus superiores (Auto de Vista y Circular de Sala Plena) apartándose de los principios que rigen el despacho de este tipo de pedidos, ello se encontraba justificado en ese momento; empero, reencausando el tratamiento que merece la situación jurídica del demandante de tutela, corresponde aplicar la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, y conceder la tutela impetrada de acuerdo a los alcances de la acción de libertad de pronto despacho, para así acelerar la tramitación tanto de la solicitud de cesación a la detención preventiva presentada por el accionante, como la de ampliación de dicha medida formulada por la Fiscal Materia a cargo”.
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2021-S2 Sucre, 21 de mayo de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad
Expediente: 34690-2020-70-AL Departamento: Pando
En revisión la Resolución 013 de 6 de junio de 2020, cursante de fs. 14 a 15 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Juan Urbano Pereira Olmos en representación sin mandato de Jaime Gary Zarco Bravo contra Valencio Huayta Limachi, Juez de Instrucción Penal Primero de Cobija del departamento de Pando.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 5 de junio de 2020, cursante de fs. 6 a 9, el accionante a través de su representante sin mandato, expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Mostrando 15 de 71 parrafos.