Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2021-S2 Sucre, 26 de mayo de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad
Expediente: 34830-2020-70 AL Departamento: Tarija
En revisión la Resolución 21/2020 de 28 de julio, cursante de fs. 49 a 53 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ruth Dinelza Acochiri Cruz en representación sin mandato de Julio Cesar Zenteno Payare contra Gabriela Natali Mamani Cori, Thania Atalaya Chaca; y, Valeria Oshin Choque Roque, todas funcionarias policiales.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 27 de julio de 2020, cursante de fs. 17 a 20, el accionante a través de su representante, expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 26 de julio de 2020 a horas 15:00, la funcionaria policial Gabriela Natali Mamani Cori sin ninguna orden de aprehensión fiscal o denuncia escrita en su contra procedió a aprenderlo en dependencias de la Estación Policial Integral (EPI) Moto Méndez de la Capital del departamento de Tarija, mientras esperaba atestiguar a favor de una víctima del delito de abuso sexual, sin haber sido nunca encontrado en flagrancia o sorprendido en el momento de intentar o inmediatamente después de cometer algún ilícito, actuar que se llevó adelante por las funcionarias policiales Thania Atalaya Chaca y Valeria Oshin Choque Roque de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) Central, a quienes jamás había visto.
Sin embargo, fue Gabriela Natali Mamani Cori, quien le pidió que vaya en calidad de testigo a dependencias de la Dirección de Investigación y Prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE), aduciendo que se le tomaría su atestación, después le indicó que sería conducido a las carceletas de DIPROVE, donde verbalmente le comunicaron que se encontraba bajo arresto por ocho horas.
Esa misma jornada a horas 19:00 aproximadamente, intentaron hacerle firmar un acta de acción directa, situación a la cual se negó, entregándole dicho documento después de casi cuatro horas de su ilegal aprehensión cuando su abogada llamó a la FELCV Central a efectos de saber por qué razón se encontraba detenido y cuál era su situación jurídica.
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