Volver a sentencias
TCP

0181/2021-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional
6 de mayo de 2021SALA TERCERA
Resumen del caso

Sentencia 0181/2021-S3

Proceso
—

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2021-S3 Sucre, 6 de mayo de 2021

SALA TERCERA Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas Acción de amparo constitucional

Expediente: 31959-2019-64-AAC Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 033/2021 de 11 de febrero, cursante de fs. 506 a 509 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Ricardo Renjel Cabrera representado por Patricia Farfán López contra Roberto Luis Polo Hurtado, Director Nacional del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memoriales presentados el 12 de septiembre y 1 de octubre, ambos de 2019, cursantes de fs. 273 a 287 y de fs. 292 a 294 vta., el accionante a través de su representante legal manifestó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Los Directores del INRA de manera permanente y categórica se negaron cumplir con las disposiciones establecidas en las Leyes "1715", "3545" y Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007, pese a que en su momento se pidió el reconocimiento e inclusión de su mandante como beneficiario del predio denominado "Las Vegas" y que estuvo en posesión del mismo sin considerar que el proceso de saneamiento aún estaba en curso no obstante le negaron reconocer su derecho a la propiedad privada; así desde junio de 2010, Pablo Bourlot propietario en ese entonces del predio, quien por motivos de salud tuvo que ausentarse del país, presentó documentación de respaldo en franca lesión al derecho fundamental al debido proceso en sus vertientes de defensa, a recurrir, a la legalidad de la prueba y los derechos a la propiedad, al trabajo, a la defensa y el principio a la seguridad jurídica, desconociéndose de manera ilegal su derecho propietario; asimismo, se omitió dar respuestas y/o explicaciones sobre los motivos por los cuales no se le reconoció su derecho adquirido mediante contrato de compraventa demostrados con minutas de trasferencia debidamente elevadas a documento público, continuando con el proceso de saneamiento, y después de cuatro años a partir de las solicitudes de inclusión en el proceso se concluyó con el saneamiento sobre el predio, emitiendo la Resolución Final de Saneamiento traducida en la Resolución Administrativa (RA) RA-SS 0824/2014 de 13 de mayo, siendo ese el acto ilegal en una primera instancia, y no suficiente los funcionarios del INRA, respaldados por su Director, agravaron la situación de vulneración de derechos fundamentales dado que se le privó de la respectiva notificación de conformidad con el art. 70 del DS 20215 con la Resolución Final de Saneamiento, dejándolo en total estado de indefensión, omitiendo notificarlo de manera personal para que pueda asumir defensa ante el Tribunal Agroambiental, aspecto que fue ratificado en el Informe Técnico-Legal JRLL-SCE-INF-SAN 538/2018 de 21 de agosto, emitido por la Directora Nacional del INRA donde se acudió en última instancia y que recién fue puesto a su conocimiento el 15 de marzo de 2019, en clara contravención a las previsiones establecidas en los arts. 1, 3 y 66 de la Ley "1715" y 56 de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados

El impetrante de tutela denuncia como lesionados sus derechos a la propiedad privada, al trabajo, al debido proceso en su vertiente de defensa, falta de fundamentación y congruencia, valoración de la prueba, a la igualdad, acceso a la justicia, legalidad e imparcialidad y el principio de seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 8, 9, 13.IV, 14.II y III, 52.IV, 56.I y II, 110, 113.I, 115, 116, 117.I, 119.I, 120.I, 129, 178.I, 180.I, 256 y 393 de la CPE; 8, 10, 17.2 y 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH); 8, 21.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) o Pacto de San José de Costa Rica; 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

Mostrando 12 de 60 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi Lector

Estás viendo aproximadamente el primer 20% del fallo. Activa Pixi Lector para acceder al texto íntegro y al PDF original completo.

Bs. 20/mesPixi Lector

  • Texto íntegro de las sentencias del TCP y TSJ
  • PDF oficial de cada resolución, listo para descargar
  • Citas listas para usar en tus escritos

¿Necesitas también el asistente IA? Compara todos los planes

Tribunal Constitucional Plurinacional6 de mayo de 20210181/2021-S3Fuente oficial