Volver a sentencias
TCP

0185/2021-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional
6 de mayo de 2021SALA TERCERA
Resumen del caso

Sentencia 0185/2021-S3

Proceso
—

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2021-S3 Sucre, 6 de mayo de 2021

SALA TERCERA Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas Acción de amparo constitucional

Expediente: 32389-2019-65-AAC Departamento: Santa Cruz

En revisión la Resolución 32 de 26 de febrero de 2021, cursante de fs. 880 a 885 vta. y 886 vta. a 888 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Lucio Camacho Luizaga y María Blanca Vásquez de Camacho contra Freddy Larrea Melgar y Mirael Salguero Palma, ex Fiscales Departamentales de Santa Cruz; y, Osman Arias Villarroel, Ronny Mendizabal Pantoja, Dalcy Juana Justiniano Aguilar, Tecla Amparo Canaviri Tapia, Juan Pablo Sánchez Saavedra, Basilio Villca Characayo, Ángel Álvarez Banegas, Fiscales de Materia del mencionado departamento.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 6 de diciembre de 2019, cursante de fs. 812 a 818, los accionantes, manifestaron lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante documento firmado el 26 de enero de 2011 y reconocido ante Notario de Fe Pública el 29 de abril de 2016, adquirieron un inmueble -a través de la compra de posesión y mejoras-, ubicado "en la Zona Sur Palmira III..." (sic), por la suma de $us20 000.- (Veinte mil dólares estadounidenses), de Luis Leaños Rosales, quien compró a su vez el mismo el 31 de enero de 1997 a Yolanda Camacho Valle; por cuestiones laborales ocuparon dicho inmueble por el lapso de siete meses, y al ver que su hijo estaba detenido -en un centro penitenciario-, por la presunta e imaginaria comisión del delito de "violencia" ejercida contra su cónyuge Gisela Moreira Jacinto de Camacho, ésta aprovechando tal situación se quedó en el inmueble alegando que la autoridad Fiscal dictó medidas de protección para que su esposo salga de su hogar y con ese argumento se creyó dueña del mismo; por ese motivo, el 22 de agosto de 2016, presentaron denuncia en su contra por la comisión del delito de avasallamiento, donde en primera instancia Osman Arias Villarroel -Fiscal de Materia-, emitió imputación formal, pero posteriormente dictó sobreseimiento a favor de la prenombrada, argumentando que no se demostró que la imputada hubiere ingresado violentamente al inmueble, a través de amenazas o abuso de confianza, decisión contra la cual sus personas formularon impugnación, la misma que fue ratificada mediante Resolución Fiscal Departamental FLM 144/17 de 21 de septiembre de 2017. Alegan que, el 23 de marzo de 2017, presentaron ampliación de denuncia contra los progenitores de la referida denunciada, Franklin Rogelio Jacinto Reynaldo y Yolanda Camacho Valle, por el delito de avasallamiento, debido a que los mismos habrían colaborado con su hija; es así que el 11 de septiembre de "2016" -siendo lo correcto 2017-, fueron imputados por Dalcy Juana Justiniano Aguilar -Fiscal de Materia-, el primero por la comisión del delito avasallamiento y la segunda por el tipo penal de estelionato; sin embargo, el 3 de enero de 2019 Amparo Canaviri Tapia y Juan Pablo Sánchez Saavedra, Fiscales de Materia, emitieron Resolución de Sobreseimiento en su favor, argumentando que el delito de avasallamiento es competencia de los jueces agroambientales aunque el predio esté ubicado en el radio urbano y que los elementos probatorios colectados eran insuficientes; habiendo sido impugnado el referido sobreseimiento, se emitió la "Resolución S-006/19" mediante la cual Mirael Salguero Palma -ex Fiscal Departamental de Santa Cruz-, decidió devolver antecedentes porque no existía pronunciamiento respecto al delito de estelionato atribuido a Yolanda Camacho Valle, ordenando se emita nueva resolución; al efecto, Basilio Villca Characayo, Fiscal de Materia, el 20 de marzo de 2019, emitió nuevo sobreseimiento en favor de los prenombrados por el delito de avasallamiento sin referirse al tipo penal de estelionato, y posteriormente hizo aparecer otro de igual fecha, refiriéndose esta vez tanto al delito de avasallamiento como al de estelionato, impugnados dichos sobreseimientos, fueron ratificados por el Fiscal Departamental de Santa Cruz mediante Resolución Jerárquica "063/19", ordenando el archivo de obrados, ignorando los modos de adquirir la propiedad previstos en el art. 105 del Código Civil (CC), y sin tomar en cuenta los elementos constitutivos del delito de avasallamiento.

Puntualizan también que, en el decurso de la investigación ampliaron su denuncia contra Alberto Hurtado Sánchez, José Morales Ricaldes y Arselio Boris Menacho Salomón por la comisión del delito de avasallamiento; empero, Ángel Álvarez Banegas y Nardy Ávila Solís, Fiscales de Materia, emitieron Resolución de rechazo de denuncia en favor de los dos primeros, dejando en suspenso la situación del último; ante la objeción presentada contra dicha decisión, el 29 de octubre de 2018 Mirael Salguero Palma, ex Fiscal Departamental de Santa Cruz, emitió la Resolución Fiscal Departamental JCC 1016/18 de 29 de octubre de 2018, ratificando el rechazo dispuesto.

De igual forma alegan que, el 20 de febrero de "2018", presentaron solicitud de conversión de acción, la cual de forma abusiva e incompresible fue rechazada por el Fiscal Departamental.

Con base a tales antecedentes procesales, alegan que las autoridades Fiscales accionadas, a lo largo del tracto investigativo, incurrieron en infracción de sus derechos y garantías constitucionales que identifican, por cuanto no consideraron su calidad de víctimas, permitiendo que el avasallamiento se consume y el delito de estelionato quede impune, porque en vez de formular acusación se avocaron a emitir Resoluciones de sobreseimiento omitiendo aplicar la ley, además les escondían el cuaderno investigativo hasta por treinta y seis días, ocultando memoriales inclusive.

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

Mostrando 14 de 68 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi Lector

Estás viendo aproximadamente el primer 20% del fallo. Activa Pixi Lector para acceder al texto íntegro y al PDF original completo.

Bs. 20/mesPixi Lector

  • Texto íntegro de las sentencias del TCP y TSJ
  • PDF oficial de cada resolución, listo para descargar
  • Citas listas para usar en tus escritos

¿Necesitas también el asistente IA? Compara todos los planes

Tribunal Constitucional Plurinacional6 de mayo de 20210185/2021-S3Fuente oficial