Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2021-S2 Sucre, 2 de junio de 2021
SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de amparo constitucional
Expediente: 34622-2020-70-AAC Departamento: Beni
En revisión la Resolución 13/2020 de 26 de febrero, cursante de fs. 327 a 334, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ana Karina Adad Yañez de Ribera contra autores desconocidos.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 12 de febrero de 2020, cursante de fs. 28 a 32 vta., la accionante manifestó que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 28 de enero de 2020, verificó que personas desconocidas estaban avasallando sobre los límites de su bien inmueble ubicado en la urbanización "María Jesús", registrado bajo la Matrícula computarizada 8.01.1.01.0003945, Asiento A-3, de 28 de septiembre del 2017; construyeron doce viviendas precarias que tendrían una data no mayor de cuatro meses de antigüedad; ante ese hecho, su abogado conversó con los nombrados para llegar a un acuerdo, quienes no se identificaron por temor a que les inicien proceso penal; sin embargo, le respondieron que realizarían una reunión para tomar alguna decisión.
En mérito a ello, el 7 de febrero de 2010, la Notaria de Fe Pública 3 de la ciudad de la Santísima Trinidad del departamento de Beni, se apersonó al mencionado predio, donde constató que existían asentamientos humanos; adjuntando a tal efecto, su informe y placas fotográficas correspondientes; producto de estas vías de hecho perpetradas en su propiedad "...[se] encuentr[a] en (...) indefensión y por otro lado [su] derecho a la propiedad se encuentra afectado..." (sic).
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Denunció como lesionado su derecho a la propiedad, citando al efecto el art. 56 de la Constitución Política del Estado (CPE).
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