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TCP

0196/2021-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional
2 de junio de 2021SALA SEGUNDA
Resumen del caso

Sentencia 0196/2021-S2

Proceso
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Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2021-S2 Sucre, 2 de junio de 2021

SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de amparo constitucional

Expediente: 34706-2020-67-AAC Departamento: Oruro

En revisión la Resolución 31/2020 de 15 de julio, cursante de fs. 251 a 255, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Isaura Choquecallata Mitma en representación de Candelaria Margoth Torralba Cusi, Rabito Marcial Copa Roque, Willan Ortega Arenas, Facundo Gilmar Colque Cardenas, Limber Jesús Cari Ali, Marco Antonio Calle Guarachi, Richard Lizandro Cori Gironda, Orlando Sandoval Rivero y Prudencia Rosa Tejada Cruz contra Víctor Hugo Cárdenas Conde, Exministro de Educación, Deportes y Culturas; y, Marco Antonio Salazar Prieto, ex Director General de Formación de Maestros.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 25 de junio de 2020, cursante de fs. 115 a 122, los accionantes a través de su representante, expresaron los siguientes argumentos de hecho y de derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde la gestión 2012, están como Asistentes Académicos del Programa de Formación Complementaria de Maestros - Sistema Educativo Plurinacional (PROFOCOM - SEP); así, el Ministerio de Educación, Deportes y Culturas, emitió el Instructivo IT/VESFP/DGFM/EFB 0003/2020 de 3 de febrero, ratificándoles en sus cargos hasta el 31 de diciembre del mismo año; sin embargo, en plena cuarentena y emergencia mundial de salud por la pandemia del COVID-19, mediante Instructivo IT/VESFP/DGFM 006/2020 de 22 de abril, la Dirección General de Formación de Maestros (DGFM) dependiente del Viceministerio de Educación Superior y Formación Profesional del Ministerio de Educación, Deportes y Culturas, instruyó declarar en acefalía sus ítems, argumentando que el referido Programa y el plazo de sus funciones habría concluido; siendo que, están pendientes licenciaturas, diplomados, especialidades y varios asuntos de carácter técnico y administrativo.

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