Volver a sentencias
TCP

0203/2021-CA

Tribunal Constitucional Plurinacional
10 de junio de 2021
Resumen del caso

Auto 0203/2021-CA

Proceso
—

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

AUTO CONSTITUCIONAL 0203/2021-CA Sucre, 10 de junio de 2021

Expediente: 39703-2021-80-CCJ Conflicto de competencias jurisdiccionales Departamento: Potosí

El conflicto de competencia jurisdiccional suscitado entre Constancio Jarjuri Luis, Tata Segunda Mayor del Ayllu K'ollana de Sacaca, provincia Alonzo de Ibáñez del departamento de Potosí y el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Sacaca del mismo departamento.

I. SÍNTESIS DEL CONFLICTO

I.1. Contenido de la solicitud de la autoridad de la JIOC

Por memorial presentado el 14 de mayo de 2021, cursante de fs. 15 a 18 vta., Constancio Jarjuri Luis, Tata Segunda Mayor del Ayllu K'ollana de Sacaca, provincia Alonzo de Ibáñez del departamento de Potosí, solicitó al Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Sacaca del mismo departamento, decline competencia respecto del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de María Elena Arana Rocabado de Terán contra Félix Aguilar Dorado, por la presunta comisión del delito de estelionato, señalando que habiéndose constituido en el lugar objeto del conflicto, conocido como "Padilla Pampa", afueras de la población de Sacaca, evidenció que Félix Aguilar Dorado, es poseedor de un terreno agrícola, adquirido a través de una compra venta de quienes fueron sus padres, la familia Sánchez, conforme los Testimonios "34/1950" y "43/1989", documento último que da cuenta que ese terreno fue dejado a sus hijos de apellidos "Aguilar Dorado". Por otro lado, María Elena Arana Rocabado de Terán, también tiene un terreno en el mencionado lugar, que colinda con el de Félix Aguilar Dorado.

De acuerdo a lo previsto por el art. 190 de la Norma Suprema, la Justicia Indígena Originaria Campesina (JIOC) ejerce jurisdicción y competencia a través de sus autoridades, aplicando sus procedimientos propios, sin que estos excedan lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, en cuanto a los derechos y garantías fundamentales. Su persona en su calidad de Tata Segunda Mayor del Ayllu K'ollana de Sacaca, goza de competencia para resolver conflictos o controversias que afecten la convivencia social dentro su territorio, es decir evitar confrontaciones como se dio en el caso, respecto a la denuncia sobre el supuesto delito de estelionato. Por todo ello, pide al nombrado Juez, se inhiba de conocer el proceso penal de referencia, reclamando que el asunto sea resuelto por la JIOC de acuerdo a sus procedimientos propios, en el marco de la Constitución Política del Estado y la Ley del Deslinde Jurisdiccional, resaltando que tanto la denunciante como el denunciado son miembros del mismo Ayllu k'ollana. I.2. Resolución de la autoridad ordinaria

Mostrando 8 de 40 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi Lector

Estás viendo aproximadamente el primer 20% del fallo. Activa Pixi Lector para acceder al texto íntegro y al PDF original completo.

Bs. 20/mesPixi Lector

  • Texto íntegro de las sentencias del TCP y TSJ
  • PDF oficial de cada resolución, listo para descargar
  • Citas listas para usar en tus escritos

¿Necesitas también el asistente IA? Compara todos los planes

Tribunal Constitucional Plurinacional10 de junio de 20210203/2021-CAFuente oficial