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TCP

0208/2020-S4

Tribunal Constitucional Plurinacional
23 de julio de 2020SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Resumen del caso

Sentencia 0208/2020-S4

Proceso
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Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2020-S4 Sucre, 23 de julio de 2020

SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad

Expediente: 31259-2019-63-AL Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 7/2019 de 1 de octubre, cursante de fs. 19 a 20 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Pavel Wilfredo Chávez Pantoja por sí y en representación sin mandato de Florentino Laura Sirpa contra Douglas Uzquiano Medrano, Director de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de El Alto del departamento de La Paz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 30 de septiembre de 2019, cursante de fs. 4 a 5 vta., el accionante por sí y por su representado sin mandato, manifestó los siguientes argumentos de hecho y de derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 25 de septiembre de 2019, Pavel Wilfredo Chávez Pantoja, se encontraba en la FELCC de El Alto del departamento de La Paz, con el fin de asistir en calidad de abogado a una audiencia de declaración testifical dentro de un caso que estaba patrocinando, vio a dos personas enmanilladas en la Unidad de Delitos Patrimoniales, quienes le informaron que se encontraban arrestados desde las 10 de la mañana de ese día, por la presunta comisión del delito de robo; asimismo, le refirieron que no se les permitió comunicarse con sus familiares, en ese instante fueron interrumpidos por un policía quien realizó ademán de querer golpear a uno de los arrestados, motivo por el cual intervino, por lo que el funcionario policial se contuvo.

Posteriormente, se le informó que el caso todavía no estaba abierto al no existir denunciante y tampoco un Fiscal de Materia asignado, razón por la cual ofreció sus servicios de abogado defensor a los arrestados, posteriormente sin que exista una orden fiscal y sin la presencia de un testigo, en franca contravención del art. 175 del Código de Procedimiento Penal (CPP), los uniformados policiales procedieron a quitar las manillas a uno de sus defendidos -Florentino Laura Sirpa-, con la intención de realizar una requisa personal, por lo que en calidad de abogado defensor advirtió a los policías que presenciaría dicho acto con el fin de velar por el respeto de los derechos y garantías de sus defendidos, lo que provocó enojo en los servidores policiales, quienes juntamente a un Teniente que se identificó como el encargado le advirtieron y amenazaron con arrestarlo por el cargo de obstrucción de la investigación; ante las amenazas y agresión sufrida y con el fin de evitar un posible riesgo en su integridad física, nuevamente se acercó a su defendido Florentino Laura Sirpa y le comunicó que interpondría una acción de libertad en su nombre.

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