Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0217/2021-RCA Sucre, 16 de noviembre de 2021
Expediente: 42806-2021-86-AAC Acción de amparo constitucional Departamento: La Paz
En revisión la Resolución de 12 de abril de 2021, cursante a fs. 167, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Luque Chambi contra Omar Michel Duran y Dolka Vanessa Gómez Espada; Consejeros del Consejo de la Magistratura; y, Alejandro Ubaldo Mújica Arias, Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura.
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memoriales presentados el 17 de febrero y 7 de abril ambos de 2021, cursantes de fs. 132 a 154; y, 165 a 166, el accionante refiere que sostuvo un proceso penal por avasallamiento contra Lucía Rodríguez de Melgarejo respecto a dos inmuebles de su propiedad contiguos ubicados en avenida Villa Nueva, Callejón Los Pinos 1042, comunidad Juntu Huma de la localidad de Achocalla del departamento de La Paz; en el cual, Patricia Chávez Garcia, Jueza de Partido de Sentencia Penal Cuarta de El Alto del precitado departamento, en la sustanciación del juicio oral admitió medios de prueba de descargo falsificados, llegando a emitir la Sentencia 13/2018 de 16 de marzo, disponiendo la absolución del delito de avasallamiento en favor de la demandada, refiriendo que la misma demostró contar con documentación de derecho propietario a pesar de saber que el testimonio de usucapión consignaba hechos falsos a un inexistente proceso de usucapión.
Ante ello, el 10 de junio de 2019, dio a conocer todos esos hechos irregulares mediante una denuncia disciplinaria presentada al Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura, Alejandro Ubaldo Mújica Arias para la apertura del proceso disciplinario contra la nombrada Jueza, pero el referido Juez omitiendo revisar toda la documentación adjuntada y a pesar de haberle reiterado admita la demanda por faltas graves y gravísimas contra la Jueza denunciada, mediante Resolución Disciplinaria 052/2019 de 18 de junio, rechazó la denuncia sin haber investigado, escuchado a las partes, señalado periodo de prueba, exigido informe circunstanciado y sin el desarrollo del proceso disciplinario como tal. Posteriormente, el 28 de junio de 2019, presentó recurso de apelación contra la nombrada Resolución, emitiendo al efecto los Consejeros de la Magistratura Omar Michel Duran y Dolka Vanessa Gómez Espada la Resolución SP-AP 336/2019 de 28 de agosto, confirmando la Resolución Disciplinaria 052/2019, convalidando y socapando a la Jueza denunciada, mediante una Resolución sin motivación y fundamentación alguna.
I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso, al acceso a la justicia, citando al efecto los arts. 121.III, 115.I, 120.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada disponiendo:
- a)La nulidad de la Resolución Disciplinaria JD1 052/2019 emitida por el "Juez Disciplinario" de la ciudad de La Paz, y de la Resolución SP-AP 336/2019 de 28 de agosto, pronunciada por Omar Michel Duran y Dolka Vanessa Gómez Espada, Consejeros del Consejo de la Magistratura como Tribunal Disciplinario de Segunda Instancia; y,
- b)Que el Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura permita el acceso a la justicia y admita la denuncia disciplinaria que formuló contra Patricia Chávez García por faltas graves y gravísimas, ordenando su compulsa y valoración probatoria previo proceso legal observando el debido proceso.
I.4. Resolución de la Sala Constitucional
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