Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2021-S2 Sucre, 7 de junio de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional
Expediente: 34777-2020-70-AAC Departamento: Pando
En revisión la Resolución 0024/2020 de 27 de julio, cursante de fs. 52 a 54, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Pilar Lozano Álvarez contra Juan Urbano Pereira Olmos y Luis Gonzalo Vargas Terrazas, Vocales de la Sala Civil, Social, Familiar, Niña, Niño y Adolescente, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memoriales presentados el 15 de mayo y 23 de julio de 2020; cursante de fs. 6 a 10; y, 27 a 28, la accionante expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso ejecutivo civil seguido en su contra por el Banco Mercantil Santa Cruz Sociedad Anónima (S.A.), se remató un inmueble de su propiedad, con base en un peritaje efectuado por una persona que no contaba con el título requerido a tal efecto; por lo que, consideró sus derechos lesionados. En tal mérito, inició un proceso (no indica su naturaleza) -contra el perito Alfredo Ignacio Canedo Fuentes-, que se encontraba con auto de apertura de juicio. Asimismo, solicitó la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo; empero, su petición fue negada por Auto de 29 de agosto de 2018.
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