Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2021-S3 Sucre, 14 de mayo de 2021
SALA TERCERA Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas Acción de amparo constitucional
Expediente: 34741-2020-70-AAC Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 01/2020 de 21 de julio, cursante de fs. 201 vta. a 206 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Carlos Rodríguez Alba contra Máximo Rodríguez Mazurco, Lidia, Clara, Arminda y Osmar, todos Rodríguez Alba, y Eduardo Paniagua.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memoriales presentados el 28 de enero, y 6 de julio, ambos de 2020, cursantes de fs. 61 a 72 vta., y 81 a 83 vta., el accionante manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 25 de noviembre de 2019, al retornar a su propiedad, evidenció que su predio fue avasallado por sus familiares Máximo Rodríguez Mazurco, Lidia, Clara, Arminda y Osmar, todos Rodríguez Alba, y Eduardo Paniagua -ahora accionados-, destruyendo una casa que tenía y reutilizando los materiales y unos árboles de motacú para construir otra, incluso cortaron plantas frutales; por lo que, recurrió ante el dirigente del "Sindicato Agrario Virgen de Copacabana" para poner el hecho a su conocimiento, y juntamente con él se apersonaron a la propiedad reclamando el avasallamiento, mereciendo la respuesta de que los títulos otorgados a su persona serían falsos; al regresar al día siguiente, advirtió que los prenombrados se retiraron dejando la vivienda que estaban construyendo; sin embargo, el 18 de enero de 2020, cuando junto a su esposa fueron a realizar trabajos de siembra, encontró a su padre Máximo Rodríguez Mazurco y a su hermano Osmar Rodríguez Alba en su propiedad, quienes "rastrearon" su "chaco", y al ser cuestionados sobre su presencia procedieron a sujetarlo y golpearlo con un palo, a sabiendas que tenía fracturas.
A efectos de presentar denuncia, acudió a la policía de la localidad de Los Andes, provincia Sara del departamento de Santa Cruz sin que la misma fuese recibida; por lo que, al siguiente día se apersonó a la policía de Montero del citado departamento, presentando la denuncia verbal por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica ante la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV), ordenando la Fiscal de Materia la realización del examen médico que arrojó un impedimento de dos días, demostrándose así que el avasallamiento se realizó con violencia física, según consta en las tomas fotográficas adjuntas, sin poder retornar a su predio a raíz de dichos actos.
Para acreditar los extremos alegados, solicitó al corregidor del lugar -Moisés Loayza Fajardo- una "aclaratoria", que fue extendida el 2 de diciembre de 2019; así como consta la declaración notariada de 23 de enero de 2020, de algunos propietarios de otras parcelas, que verificaron las vías de hecho y declararon que es propietario del predio, trabajando dicho terreno que está ubicado en el municipio de Santa Rosa del Sara, provincia Sara del referido departamento, propiedad denominada "Sindicato Agrario Virgen de Copacabana" parcela 010 contando con la Resolución Suprema 21724 de 6 de julio de 2017 y Título Ejecutorial de 29 de marzo de 2019.
Mostrando 12 de 56 parrafos.