Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2021-S4 Sucre, 10 de junio de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 34826-2020-70-AL Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución 4/2020 de 6 de agosto, cursante de fs. 32 a 34, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Juan Carlos Vargas Vargas en representación sin mandato de Demetria Jiménez Rodríguez contra Sonia Zabala Padilla, Fernando Villarroel y Percy Ronald Cámara Rodríguez, todos Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Quillacollo del departamento de Cochabamba.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 4 de agosto de 2020, cursante de fs. 4 a 6, la accionante, a través de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Habiendo presentado y cumplido con todos los requisitos para acceder al beneficio de amnistía en aplicación del Decreto Presidencial 4226 de "17 de julio" de 2020, la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario de Cochabamba, remitió el 27 de julio del mismo año, a conocimiento de los miembros del Tribunal Sentencia Penal Primero de Quillacollo del departamento de Cochabamba -ahora demandados? la carpeta del trámite para su respectiva homologación, sin que hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa, las citadas autoridades se hubieran pronunciado al respecto, provocando con ello una dilación innecesaria e indebida.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante denunció la lesión de su derecho al debido proceso y el principio de celeridad vinculado con su derecho a la libertad, citando al efecto los arts. 23.I, 115.II, 178.II y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
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