Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2020-S3 Sucre, 13 de julio de 2020
SALA TERCERA Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas Acción de libertad
Expediente: 31636-2019-64-AL Departamento: Pando
En revisión la Resolución de 22 de octubre de 2019, cursante de fs. 23 a 25 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Jesús Marcos Coronado Mamani contra Erika Villcarani Ramírez, Directora de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) del departamento de Pando.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 21 de octubre de 2019, cursante de fs. 7 a 9 vta., el accionante manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 20 de octubre de 2019, día de las elecciones nacionales, fue detenido en cumplimiento de un mandamiento de apremio librado por el Juez Público de Familia Séptimo de la Capital del departamento de Chuquisaca, dentro de la demanda seguida en su contra por Roxana Condori Pary, por incumplimiento de la obligación de Bs20 250.- (veinte mil doscientos cincuenta bolivianos), por concepto de asistencia familiar, "a la fecha" dicha suma ya fue cancelada; empero, aún se encuentra detenido indebidamente, inclusive se habría ordenado que sea trasladado a la ciudad de Sucre, no obstante de haberse expedido mandamiento de libertad por parte de la referida autoridad judicial; por lo que, la funcionaria policial -ahora accionada- al haber adoptado la determinación de remitirlo a una celda, incurrió en una serie de irregularidades e ilegalidades, ocasionando que se encuentre ilegalmente privado de su libertad.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
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