Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0234/2020-CA Sucre, 16 de noviembre de 2020
Expediente: 35934-2020-72-AIC Acción de inconstitucionalidad concreta Departamento: Chuquisaca
En consulta la Resolución TEDCH-SP/077/2020 de 3 de noviembre, cursante de fs. 31 a 33, pronunciada por el Tribunal Electoral Departamental de Chuquisaca, por la que rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Roxana Alvarado Cuevas, Presidenta de la Agrupación Ciudadana "VAMOS", demandando la inconstitucionalidad de los arts. 13.I.2 en la palabra "comprobando", II y III en la frase: "al menos noventa (90) días antes de la convocatoria a la Elección en el nivel subnacional y ciento veinte (120) días antes de las elecciones primarias para las elecciones generales" y 14.I en la frase: "y una vez que la información del registro sea contrastada con el padrón electoral biométrico correspondiente" de la Ley de Organizaciones Políticas -Ley 1096 de 1 de septiembre de 2018-, por ser presuntamente contrario a los arts. 13, 26, 28, 256 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 1.1, 23, 24 y 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
I. ANALISÍS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIÓN
I.1. De los requisitos de las acciones de inconstitucionalidad según el Código Procesal Constitucional
Mostrando 6 de 29 parrafos.