Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0237/2021-RCA Sucre, 10 de diciembre de 2021
Expediente: 43378-2021-87-AAC Acción de amparo constitucional Departamento: Chuquisaca
En revisión la Resolución 251/2021 de 10 de noviembre, cursante de fs. 202 a 203, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Doris Zarate Alarcón contra Enrique Leaño Palenque, Alcalde y José Felipe Jerez Abascal, Secretario Municipal de Planificación para el Desarrollo, ambos del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre.
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memoriales presentados el 9 de noviembre de 2021, cursantes de fs. 193 a 201 vta., la accionante manifestó que mediante Contrato DIR. GESTIÓN DE RR.HH. 738/2021 de 7 de abril, fue contratada para prestar servicios como TECNICO VIII - DESARROLLO PRODUCTIVO D-5, para la Secretaria Municipal de Planificación para el Desarrollo.
Como consecuencia de la nota con CITE S.A. D-5- 1049/2021 de 30 de julio, "...RESOLUCIÓN UNILATERAL DE CONTRATO ADMINISTRATIVO MENOR DE CONSULTORIA DE LINEA DE PRESTACION DE SERVICIOS de DIR. GESTIÒN DE RR.HH. Nº 738/2021..." (sic), fue desvinculada sin causa ni motivo legal alguno; notificada con la señalada Resolución el 11 de agosto del mismo año, indicó que es ilegal por los siguientes extremos:
Refirió que cumplió su función en estricto apego a la Ley de Administración y Control Gubernamentales y al art. 232 de la Constitución Política del Estado (CPE); además, trabajó las ocho horas conforme establece el art. 46 de la Ley General del Trabajo (LGT), pese a ello la cesaron, sin considerar que por la normativa vigente en la materia, y en particular por la Ley 1309 de 30 de junio de 2020, no podía ser interrumpida en sus funciones en plena pandemia del Coronavirus (COVID-19), extremo, que deja en zozobra la fuente de alimentación y salud de su familia.
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
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