Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2021-S1 Sucre, 19 de julio de 2021
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad
Expediente: 35037-2020-71-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 25/2020 de 14 de agosto, cursante de fs. 30 a 34, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Gary Cesar Augusto Llanos Rodríguez y Marco Antonio Vargas Gómez contra Clemente Silva Ruiz, Director General de Régimen Penitenciario; y, Luis Manuel Chambilla Bolo, Director Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 13 de agosto de 2020, cursante de fs. 8 a 11 vta., los accionantes expusieron los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se encuentran privados de libertad en el Centro Penitenciario de Patacamaya de La Paz; en cumplimiento a la Ley de Ejecución Penal y Supervisión, a objeto de que se aplique el beneficio de libertad condicional de la pena para Gary Cesar Augusto Llanos Rodríguez y redención a Marco Antonio Vargas Gómez; por intermedio de su abogado el 4 y 29 de junio de 2020, dejaron los respectivo oficios judiciales a efecto de que el Director del Régimen Penitenciario del mismo departamento, emita informe de junta de trabajo y de clasificación del cuarto periodo a su favor; sin embargo, no se dio cumplimiento a la orden judicial, transcurrido un mes y tres semanas, demora que atribuye a las autoridades demandadas al no designar al trabajador Social o personal a cargo para realizar dichos informes, pese haber solicitado en reiteradas oportunidades dicho extremo; accionar por la cual incurre en dilación indebida; toda vez que, al no contar con los referidos informes no pueden acceder a los citados beneficios.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos de una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, vinculado con su libertad, citando al efecto los arts. 115, 116 y 119 de la Constitución Política del Estado (CPE); 7.5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 9.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia se ordene a las autoridades demandadas la emisión de la Resolución del cuarto periodo del sistema progresivo de y el informe de junta de trabajo a su favor.
I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza garantías
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