Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2021-S2 Sucre, 22 de junio de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional
Expediente: 35248-2020-71-AAC Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución 001/2020 de 10 de marzo, cursante de fs. 48 a 53, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Raquel Roque Escalera contra Luperio Mamani Canqui.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 2 de marzo de 2020, cursante de fs. 12 a 13 vta., la accionante expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En mérito al contrato de transferencia de inmueble suscrito el 28 de agosto de 2017 con el ahora demandado, tiene su vivienda y actividad económica denominada "Industrias E.R." (que es sustento suyo y de su familia) el cual se encuentra registrado en Derechos Reales (DD.RR.) con la matrícula computarizada 3.12.6.01.0006190, asiento A-1.
El 17 de febrero de 2020, el demandado procedió a cortar el servicio de energía eléctrica; sin embargo, aunque ella pretendió reestablecer dicho servicio, le fue imposible reestablecerlo por su cuenta, siendo agredida físicamente -según afirma-. Posteriormente, el 1 de marzo del mismo año, la medida de hecho se produjo nuevamente; por lo cual, al momento de presentación de esta acción tutelar no contaba con el aludido servicio afectando su vivienda y el normal desarrollo de su actividad económica; de manera que, considera lesionados sus derechos.
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