Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2022-S2 Sucre 3 de mayo de 2022
SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de amparo constitucional
Expediente: 39706-2021-80-AAC Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución AAC-0036/2021 de 29 de marzo, cursante de fs. 79 a 81 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Carolina Vargas Aseñas contra Willy Ronald López Mamani, Alcalde suplente del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo y Lili Godoy Pascual, Presidenta de la Organización Territorial de Base (OTB) Glorieta Purgatorio, ambos del departamento de Cochabamba.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memoriales presentados el 18 y 23 de marzo de 2021, cursantes de fs. 11 a 14 y, 18 y vta., la accionante expresó que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Mediante memorial de 1 de marzo de 2021, dirigido al Alcalde suplente del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, solicitó la paralización de obras respecto a la construcción de baños "...sobre la puerta peatonal que el (...) municipio [le] otorg[ó]..." (sic) por Resolución Técnica Administrativa 072/17 -no señaló fecha-; pues sus derechos estaban siendo afectados; asimismo, en presencia del Notario de Fe Pública 2 de la referida ciudad y departamento, en igual fecha, entregó a la Presidenta de la OTB Glorieta Purgatorio, escrito con la misma petición; literales que no merecieron respuesta alguna, habiendo "hasta la fecha" transcurrido "...más de 18 días..." (sic).
Mostrando 10 de 50 parrafos.