Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2020-S2 Sucre, 31 de julio de 2020
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad
Expediente: 32114-2019-65-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 01/2019 de 28 de noviembre, cursante de fs. 18 a 19, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Iván Avendaño Lara en representación sin mandato de Olga Agusta Sánchez Gutiérrez contra Betty Gladys Valdes Chipana, Directora del Centro de Orientación Femenina de Obrajes de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2019, cursante a fs. 5 y vta., la parte accionante a través de su representante expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 18 de noviembre de 2019, el Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de La Asunta en suplencia legal de su similar de Chulumani ambos del departamento de La Paz, ordenó su libertad y emitió un mandamiento que fue notificado a la Dirección del Centro de Orientación Femenina de Obrajes de La Paz el 21 de igual mes y año, donde le negaron la recepción del mismo, alegando que la cédula de identidad adjuntada no cuadraba con los de la detenida, por tal motivo subsanaron el error y presentaron el mandamiento de libertad el 26 del mismo mes y año a horas 9:40, no obstante, y a momento de la interposición de esta acción tutelar, ya pasaron más de veinticuatro horas sin que recupere su libertad, señalando que no se le iba a conceder la libertad porque la cédula de identidad presentada está caducada, sin tomar en cuenta que se encuentra enferma a punto de darle un colapso nervioso por tener antecedentes de parálisis facial por estrés.
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