Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2020-S3 Sucre, 14 de julio de 2020
SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de amparo constitucional
Expediente: 28967-2019-58-AAC Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 26 de 9 de marzo de 2020, cursante de fs. 97 a 98 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Carlos Santistevan López contra Elena Julia Gemio Limachi y Sixto Justo Fernández Fernández, Jueces Técnicos; y, Anastacia Callisaya Catari y Sonia Mamani Vargas, Juezas ciudadanas, todos del Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
El accionante por memoriales presentados el 25 de abril y 6 de mayo de 2019, cursantes de fs. 49 a 55 y 58 a 60, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia del Ministerio de Gobierno contra su persona y otros, por la presunta comisión de los delitos de terrorismo y alzamientos armados contra la seguridad y soberanía del Estado, sustanciado en el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, el cual se encuentra en etapa de juicio oral, público, continuo y contradictorio, después de la celebración de varias audiencias se agravó su estado de salud, por lo que se sometió a tres cirugías que le ocasionaron un impedimento de cinco a noventa días, de acuerdo a los certificados médicos emitidos por la Caja Petrolera de Salud (CPS) y los médicos forenses.
Por esa razón, mediante Resolución 56/2017 de 30 de mayo, el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, determinó su separación formal del juicio oral, público, continuo y contradictorio, y que sería procesado cuando recupere su estado de salud, debiendo continuar el desarrollo de dicho juicio con los demás codemandados, conforme al art. 336.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
Posteriormente, el Presidente del Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, ante la solicitud de la acusación fiscal y con el objeto de continuar con el desarrollo del juicio oral, público, continuo y contradictorio por decreto de 14 de marzo de 2019 señaló audiencia para el 27 del mismo mes y año, a las 15:30 horas, siendo notificado con dicha actuación el 26 de igual mes y año; ese mismo día, formuló recurso de reposición que fue fundamentado en audiencia, donde los Jueces Técnicos ahora accionados desestimaron sus argumentos y continuaron con la reanudación del referido juicio oral, siendo que después del indicado recurso no existe ningún otro medio de impugnación.
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