Texto del fallo
Sintesis del caso
El accionante por medio de su representante manifiesta que se vulneraron sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones; toda vez que, pese a sus solicitudes de 23 de junio y 6 de julio, ambos de 2020, los antecedentes de su proceso penal no fueron remitidos ante el Juzgado de Ejecución Penal de turno, evitando así pueda proceder con la solicitud de su posible libertad.
Sintesis de la ratio decidendi
Se denegó la tutela impetrada, al no concurrir los supuestos en los cuales la acción de libertad es la adecuada para denunciar hechos que presuntamente vulneren los derechos a la libertad y al debido proceso del accionante.
Extracto de la ratio decidendi
F.J.III.2. “…para que la acción tutelar se pueda activar por una denuncia de procesamiento indebido, debe necesariamente evidenciarse de manera indefectible, que el acto lesivo sea la causa directa a la restricción o supresión al derecho a la libertad o de locomoción; aspecto que no fue evidenciado ni del memorial de acción de libertad presentado ni de los actuados traídos en revisión a este Tribunal, en ese entendido, no se demostró que la actuación de la autoridad ahora demandada haya estado ligada a la privación de libertad del ahora accionante. En tal sentido, al no haberse evidenciado que la actuación de la autoridad demandada haya sido la causa directa a la restricción o supresión al derecho a la libertad o de locomoción; no corresponde a este Tribunal a través de la acción de libertad, entrar a revisar el fondo del asunto”.
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2021-S2 Sucre, 8 de julio de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad
Expediente: 34969-2020-70-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 37/20 de 17 de julio de 2020, cursante de fs. 10 a 11, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Franz Elías Calizaya Lucana en representación sin mandato de Luis Angel Umiri contra Esther Estrella Montaño Ocampo, Jueza de Instrucción Penal Decimosegunda de la Capital del departamento de Santa Cruz.
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