Texto del fallo
Sintesis del caso
El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad de locomoción, a la defensa y al debido proceso; argumentando que el Juez de Ejecución Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz, no cumplió con lo estipulado en la Ley de Ejecución Penal y Supervisión, obviando pronunciarse sobre la Resolución Administrativa Penitenciaria 151/2019 que dispuso su traslado del Centro Penitenciario de San Pedro de ese departamento al Recinto Penitenciario “El Abra” Bloque “C” de Cochabamba, remisión de antecedentes y obrados ante su similar del mismo departamento; y, emitió una Resolución incongruente ante su impugnación.
Sintesis de la ratio decidendi
Deniega la tutela, sin ingresar al análisis de fondo, siendo que se encuentra recluido debido a una sentencia condenatoria por el delito de asesinato con 30 años de presidio, en ese sentido la resolución del juez de ejecución penal que aprobó la resolución penitenciaria que dispuso su traslado a otro recinto penitenciario no es causa directa de su restricción al derecho a la libertad, asimismo se considera que no se empeoró su situación con el solo cambio del recinto penitenciario, ni se agravaron sus condiciones de reclusión, máxime cuando en su impugnación no especifico sufrir agravios.
Extracto de la ratio decidendi
“En el caso que nos ocupa, en primera instancia debemos analizar si alguno de estos hechos tiene vinculación directa con la restricción a la libertad del ahora demandante de tutela y si este se encontró en absoluto estado de indefensión en estricto apego al Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional”
Palabras clave
Procesamiento indebido)
Observaciones revisor
Deniega la tutela, sin ingresar al análisis de fondo, siendo que se encuentra recluido debido a una sentencia condenatoria por el delito de asesinato con 30 años de presidio, en ese sentido la resolución del juez de ejecución penal que aprobó la resolución penitenciaria que dispuso su traslado a otro recinto penitenciario no es causa directa de su restricción al derecho a la libertad, asimismo se considera que no se empeoró su situación con el solo cambio del recinto penitenciario, ni se agravaron sus condiciones de reclusión, máxime cuando en su impugnación no especifico sufrir agravios. )
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2020-S2 Sucre, 31 de julio de 2020
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad
Expediente: 31964-2019-64-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 366/2019 de 23 de noviembre, cursante de fs. 369 a 371, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Edwin Mamani Molina contra Narda Soria Galvarro Hinojosa, Jueza de Sentencia Penal Segunda en suplencia legal del Juez de Ejecución Penal Primero, ambos de El Alto del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
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